Page 215 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 28094 - LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
Artículo 12°.- Apertura de locales partida- nes; y en las elecciones municipales,
rios en por lo menos la mitad (1/2) de las
No se requiere de autorización para la aper- provincias y un tercio (1/3) de los dis-
tritos a nivel nacional.
tura y funcionamiento de locales partida-
rios, salvo el cumplimiento de las normas g) Si se participa en alianza, por no haber
municipales relativas a zonificación, urba- conseguido cuando menos un repre-
nismo, salud e higiene. sentante al Congreso.
COPIA
El Registro de Organizaciones Políticas pu- Texto modificado por el Artículo 1° de la Ley N.°
blica en su página electrónica el domicilio 30995, publicada el 27-08-2019.
legal de cada partido político. Artículo 13-A°.- Causales de cancelación
Artículo 13°.- Causales de la cancelación de la inscripción de un movimiento regional
de la inscripción de un partido político La inscripción de un movimiento se cancela
La inscripción de un partido político se can- en los siguientes casos:
cela en los siguientes casos: a) Al concluirse el último proceso de
a) Si, al concluirse el último proceso elección regional si no hubiese alcan-
de elección general, no se hubiera zado al menos un consejero regional y
alcanzado al menos cinco (5) repre- al menos el ocho por ciento (8%) de los
sentantes al Congreso en más de una votos válidos en la elección regional en
circunscripción y, al menos, cinco por la circunscripción por la cual participa.
ciento (5%) de los votos válidos a nivel b) Por no participar en la elección regional.
nacional en la elección del Congreso. c) Por no participar en la elección muni-
b) En caso de haber participado en alian- cipal de por lo menos dos tercios (2/3) 215
za, si esta no hubiese alcanzado al de las provincias y de, por lo menos,
menos seis por ciento (6%) de los vo- dos tercios (2/3) de los distritos de la
tos válidos. Dicho porcentaje se eleva circunscripción regional en la que par-
en uno por ciento (1%) por cada parti-
do político adicional. ticipa. LOP
c) A solicitud del órgano autorizado por d) A solicitud del órgano autorizado por su
su estatuto, previo acuerdo de disolu- estatuto, previo acuerdo de disolución.
ción. Para tal efecto, se acompañan los Para tal efecto, se acompañan los do-
documentos respectivos legalizados. cumentos legalizados respectivos.
d) Por su fusión con otra organización e) Por su fusión con otro movimiento
política, según decisión interna adop- regional o partido político, según de-
tada conforme a ley y a su estatuto. cisión interna adoptada conforme a su
Para tal efecto, se acompañan los do- estatuto y a la ley. Para tal efecto, se
cumentos legalizados donde conste el acompañan los documentos legaliza-
acuerdo. dos donde conste el acuerdo.
e) Cuando no participe en elecciones de Las autoridades democráticamente elegi-
alcance nacional o retire todas sus lis- das en representación de un movimiento
tas de candidatos del proceso electo- cuya inscripción hubiera sido cancelada
ral correspondiente. permanecen en sus cargos durante el perio-
f) Cuando el partido político no participe do de su mandato.
en las elecciones regionales en, por lo Artículo incorporado por el Artículo 2° de la Ley N.°
menos, tres quintos (3/5) de las regio- 30995, publicada el 27-08-2019.

