Page 219 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 28094 - LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS

          alianzas electorales se rigen por las normas   aplicando el estatuto, el reglamento electo-
          sobre elecciones internas establecidas en la   ral y la ley. En estos casos, las decisiones
          ley, el estatuto y el reglamento electoral de   de los órganos electorales descentralizados
          la agrupación política.           pueden ser apeladas ante el órgano electo-
          Las normas electorales internas de las or-  ral central. Lo resuelto por este último pue-
                                            de ser recurrido ante el Jurado Nacional de
          ganizaciones  políticas  y  de  las  alianzas   Elecciones.
          electorales entran en vigencia a partir de su
                       COPIA
          inscripción en el Registro de Organizacio-  Texto  modificado  por  el  Artículo  1°  de  la  Ley  N.°
          nes Políticas. No pueden ser modificadas,   30998, publicada el 27-08-2019.
          desde  los  treinta  (30)  días  anteriores  a  la   CONCORDANCIA:
          fecha límite para la convocatoria a eleccio-  Ley N.° 28094, artículos 2 y 9.
          nes internas hasta su conclusión.  Artículo 21°.- Elecciones primarias
          Texto  modificado  por  el  Artículo  1°  de  la  Ley  N.°   Las  elecciones  primarias  determinan  las
          30998, publicada el 27-08-2019.   candidaturas y su orden en la lista corres-
          CONCORDANCIAS:                    pondiente.
          Constitución, Artículo 35.        Para  efectos  de  las  elecciones  primarias,
          Ley N.° 28094, artículos 2 y 9.   los organismos del sistema electoral ejer-
          Ley N.° 26859, Artículo 116.
          Ley N.° 30998, Segunda Disposición Complementa-  cen las siguientes funciones:
          ria Transitoria.                  1.   El Registro Nacional de Identificación y
          Ley N.° 31038, Artículo 2.           Estado Civil (Reniec) elabora el padrón
          Artículo 20°.- Órganos electorales   electoral.
          Toda organización política o alianza electo-  2.   La Oficina Nacional de Procesos Elec-  219
          ral cuenta con un órgano electoral central,   torales (ONPE) organiza las elecciones
          de  carácter  permanente  y  autónomo  res-  primarias.
          pecto de los demás órganos internos.  3.   El  Jurado  Nacional  de  Elecciones
          El  órgano  electoral  central  está  integrado   (JNE) facilita el acceso a las bases de
          por un mínimo de tres miembros titulares,   datos en ventanilla única, fiscaliza las   LOP
          quienes tienen sus respectivos suplentes.  hojas de vida de candidatos en elec-
          El órgano electoral central debe constituir   ciones  primarias  y  candidatos  desig-
                                               nados, resuelve conflictos en materia
          órganos  electorales  descentralizados.  Es-  electoral y proclama a los candidatos
          tos están integrados por uno o más miem-  elegidos.
          bros titulares y sus respectivos suplentes.
          Solo  los  afiliados  a  la  organización  polí-  Texto  modificado  por  el  Artículo  1°  de  la  Ley  N.°
                                            30998, publicada el 27-08-2019.
          tica  pueden  formar  parte  de  los  órganos   De conformidad con la cuarta disposición transitoria
          electorales. Los integrantes de los órganos   de la Ley N.° 31357, las disposiciones establecidas
          electorales están impedidos de postular en   en la presente ley relativas a las elecciones primarias
          las elecciones internas y las elecciones pri-  no son de aplicación para las Elecciones Generales
          marias.                           del año 2021, ni para las Elecciones Regionales y
                                            Municipales del año 2022, debiendo reactivarse su
          Salvo en los casos expresamente estable-  vigencia luego de la conclusión de esta última.
          cidos, los órganos electorales de la organi-  CONCORDANCIA:
          zación  política  son  los  encargados  de  or-  Ley N.° 26859, Artículo 116.
          ganizar los procesos electorales internos y   Ley N.° 31028.
          resolver las controversias que se presenten   Ley N.° 31038, Artículo 2.
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