Page 221 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 28094 - LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
8. Declaración de bienes y rentas, de Ley N.° 26859, artículos 106, 107, 112 y 113.
acuerdo con las disposiciones previs- Ley N.° 27683, artículos 13 y 14.
tas para los funcionarios públicos. Ley N.° 26864, artículos 6, 8, 10 y 20.
Artículo 23-A°.- Entrega de Plan de Gobier-
Numeral 23.3.8 incorporado por el Artículo Único
de la Ley N.° 30326, publicada el 19 mayo de 2015 no y publicación
23.4 En caso de que el candidato sea inscri- Los partidos políticos, alianzas, movimien-
to como tal por su partido o alianza, movi- tos y organizaciones políticas locales que
COPIA
miento u organización política local, según presentan candidatos, según sea el caso, a
corresponda, la Declaración Jurada de Hoja elecciones generales, regionales o munici-
de Vida se incorpora en la página web del pales, al momento de presentación de sus
Jurado Nacional de Elecciones. respectivas listas para su inscripción debe-
rán cumplir con entregar al Jurado Nacional
Párrafo modificado por el Artículo Único de la Ley
N.° 30326, publicada el 19 mayo de 2015 de Elecciones su Plan de Gobierno del nivel
23.5 La omisión de la información prevista que corresponda.
en los numerales 5, 6 y 8 del párrafo 23.3 Los partidos políticos, alianzas, movimien-
o la incorporación de información falsa dan tos y organizaciones políticas locales publi-
lugar al retiro de dicho candidato por el Ju- can su Plan de Gobierno en su respectiva
rado Nacional de Elecciones, hasta treinta página web y lo mantienen durante todo el
(30) días calendario antes del día de la elec- período para el cual participaron en el pro-
ción. El reemplazo del candidato excluido ceso electoral.
solo procede hasta antes del vencimiento El Jurado Nacional de Elecciones incorpo-
del plazo para la inscripción de la lista de ra a su página web los Planes de Gobierno 221
candidatos. de dichas organizaciones políticas durante
Numeral 23.5 modificado por el Artículo 1° de la Ley todo el proceso electoral general, regional
N.° 30673, publicada el 20-10-2017. o municipal, según sea el caso. Posterior-
23.6 En caso de que se haya excluido al mente mantiene sólo el de las organizacio-
candidato o de que haya trascurrido el pla- nes políticas con candidatos elegidos, du- LOP
zo para excluirlo, y habiéndose verificado la rante todo su período de gobierno.
omisión o falsedad de la información pre- No se admitirá la inscripción de candidatos
vista en el párrafo 23.3, el Jurado Nacional de partidos políticos, alianzas, movimien-
de Elecciones remite los actuados al Minis- tos y organizaciones políticas locales que
terio Público. incumplan con lo dispuesto en el presente
Numeral 23.6 modificado por el Artículo Único de la artículo.
Ley N.° 30326, publicada el 19-05-2015. La obligación de presentar el Plan de Go-
De conformidad con la cuarta disposición transitoria
de la Ley N.° 31357, las disposiciones establecidas bierno es de aplicación para las elecciones
en la presente ley relativas a las elecciones primarias de los representantes ante el Parlamento
no son de aplicación para las Elecciones Generales Andino, en lo que se refiere a las propuestas
del año 2021, ni para las Elecciones Regionales y que llevarán al citado Parlamento.
Municipales del año 2022, debiendo reactivarse su
vigencia luego de la conclusión de esta última. Artículo incorporado por el artículo 1° de la Ley N.°
CONCORDANCIAS: 28711, publicada el 18-04-2006.
Constitución artículo 35. CONCORDANCIA:
Ley N.° 28094, artículos 2, 9, 19 y 23.5. Ley N.° 26864, artículo 12.

