Page 301 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 301
LEY N.° 27867 - LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
b. Control Los procuradores públicos del gobierno re-
El control a nivel regional está a cargo del gional remiten trimestralmente al consejo
Órgano Regional de Control Interno, el cual regional un informe sobre el estado de los
depende funcional y orgánicamente de la casos judiciales a su cargo y las acciones
Contraloría General de la República confor- realizadas respecto de cada uno de ellos.
me a la Ley Orgánica del Sistema Nacional Sus informes son públicos.
de Control y de la Contraloría General de la
COPIA
República. Artículo modificado por el Artículo 3 de la Ley N.º
31433, publicada el 6 marzo de 2022.
Artículo 76°.- El jefe del Órgano de Control CONCORDANCIAS:
Regional Decreto Legislativo N.° 1068.
El Órgano de Control Regional está bajo la D.S. N.° 017-2008-JUS, Artículo 50 y Segunda Dis-
Jefatura de un funcionario seleccionado y posición Complementaria Transitoria.
nombrado por la Contraloría General de la
República, mediante concurso público de TÍTULO VIII
méritos. Su ámbito de control abarca a to- PROCESO DE TRANSFERENCIA
dos los órganos del Gobierno Regional y to-
dos los actos y operaciones conforme a Ley. CAPÍTULO I LOGR
Artículo 77°.- Informes CONFORMACIÓN TOTAL DEL
El jefe del Órgano de Control Regional emite CONSEJO NACIONAL DE
informes anuales al Consejo Regional acer- DESCENTRALIZACIÓN
ca del ejercicio de sus funciones y del Esta-
do del control del uso de recursos y fondos Artículo 79°.- Elección de representantes al
públicos. Estos informes son públicos. Consejo Nacional de Descentralización 301
Las observaciones, conclusiones y reco- Los presidentes regionales, convocados
mendaciones de cada acción de control se por la Presidencia del Consejo Nacional de
publican en el portal del Gobierno Regional. Descentralización, dentro de los 30 días
siguientes a su instalación, eligen a sus 2
CAPÍTULO II representantes ante dicho organismo, con
DEFENSA JUDICIAL DE INTERESES una votación de dos tercios.
DEL ESTADO Los alcaldes provinciales, convocados por
Artículo 78°.- Defensa Judicial de los inte- el presidente del Consejo Nacional de Des-
reses del Estado centralización se reunirán dentro de los 30
La procuraduría pública de gobierno regio- días de instalados, para elegir a su repre-
sentante ante dicho organismo, por una vo-
nal es el órgano especializado responsable tación de dos tercios de los asistentes.
de llevar a cabo la defensa jurídica de los in-
tereses del Estado en el ámbito del gobierno Los alcaldes distritales, convocados por el
regional correspondiente. presidente del Consejo Nacional de Des-
Las procuradurías públicas de gobiernos centralización, desarrollarán asambleas
provinciales, dentro de los 30 días de ins-
regionales son parte del Sistema Adminis- talados, para elegir un delegado que los
trativo de la Defensa Jurídica del Estado. representará en una asamblea nacional de
Se encuentran vinculadas administrativa y delegados de alcaldes distritales en la que
funcionalmente a la Procuraduría General se elegirá, por mayoría de dos tercios de
del Estado y se rigen por la normativa vi- los asistentes, a su representante ante el
gente en la materia. Consejo Nacional de Descentralización. El

