Page 303 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 27867 - LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
Las Comisiones Sectoriales de Transferen- e. La compatibilización de los planes de
cia propondrán, hasta el último día útil del desarrollo regionales con las políticas
mes de febrero de cada año, planes anuales nacionales de desarrollo.
de transferencia, presentándolos al Consejo f. Evitar la transferencia de recursos sin
Nacional de Descentralización. contraparte de transferencia de res-
Hasta el último día útil del mes de marzo del ponsabilidades de gasto.
año correspondiente el Consejo Nacional de Artículo 85°.- Sistema de acreditación de
c. COPIA
Descentralización evaluará y articulará los los gobiernos regionales
planes sectoriales y coordinará la formu-
lación del Plan Anual de Transferencia de El sistema de acreditación de los gobiernos
Competencias Sectoriales a los Gobiernos regionales es regulado por ley, con votación
Regionales, el mismo que será presentado calificada, sobre la base de la propuesta
para su aprobación por Decreto Supremo técnica elaborada por el CND.
con el voto aprobatorio del Consejo de Mi- CONCORDANCIA:
nistros. Ley N.º 28273.
Artículo 84°.- Criterios para la elaboración LOGR
de los Planes Anuales de Transferencia CAPÍTULO III
Para la elaboración de los Planes Anuales PLAN DE CAPACITACIÓN A NIVEL
de Transferencia el Consejo Nacional de REGIONAL
Descentralización se regirá por las disposi- Artículo 86°.- Planes de capacitación y
ciones que establezca, en concordancia con asistencia
lo dispuesto por la Ley Orgánica de Bases El Consejo Nacional de Descentralización 303
de la Descentralización N.º 27783. formulará y aprobará el Plan de Capacita-
En la elaboración de dichos planes el Con- ción en Gestión Pública a nivel regional, con
sejo Nacional de Descentralización deberá la finalidad de mejorar la capacidad de ges-
cumplir los siguientes criterios: tión de los gobiernos regionales y acelerar
a. La capacidad de gestión de cada Go- el proceso ordenado de transferencias, el
bierno Regional para ejercer las com- cual será refrendado por el Consejo de Mi-
petencias y funciones asignadas por nistros mediante Decreto Supremo.
ley. Artículo 87°.- Contenidos fundamentales
b. Las reglas de prudencia y transparen- El Plan de Capacitación en Gestión Pública
cia fiscal y las normas técnicas de los para las regiones incluirá, entre otros, fun-
sistemas administrativos del Estado. damentalmente los siguientes aspectos:
La inclusión de las actividades, pro- a. Fortalecimiento de los sistemas admi-
gramas, proyectos de inversión y nistrativos de presupuesto, personal,
fondos sociales que les correspondan tesorería, contabilidad, crédito, con-
recibir en los planes de desarrollo re- trataciones y adquisiciones e inversión
gional. Se incluyen además empresas, pública.
activos y acciones del Estado del ám- b. Actualización y simplificación de los
bito regional. textos únicos de procedimientos ad-
d. La adopción de medidas que favorez- ministrativos (TUPAS), a fin de facilitar
can la promoción de inversiones. la participación ciudadana en la fisca-
lización de los gobiernos regionales.

