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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022
pensión constituye una causal adicional a CAPÍTULO II
las contenidas en el artículo 25 de la Ley LAS MUNICIPALIDADES FRONTERIZAS
N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalida-
des, modificada por la Ley N.º 28961, y se SUBCAPÍTULO ÚNICO
tramita de acuerdo con dicho artículo.
DEFINICIÓN, PARTICIPACIÓN E
Artículo modificado por el Artículo 2 de la Ley N.°
31079, publicada el 28 noviembre 2020. INTEGRACIÓN
COPIA
CONCORDANCIA: ARTÍCULO 136°.- DEFINICIÓN
Ley N.º 28458, Artículo 3. Las municipalidades de frontera son aque-
Ley N.° 29289, Artículo 7, numeral 7.1. llas que funcionan en las provincias o los
Ley N.° 29626, Artículo 16, literal e.3. distritos limítrofes con un país vecino, por
ARTÍCULO 134°.- RESPONSABILIDAD EN lo cual no puede tener la condición de muni-
EL USO DE RECURSOS cipio de frontera una provincia o distrito que
La utilización eficiente y adecuada de los no tenga esa condición aun cuando perte-
recursos de la municipalidad de centro nezca a la misma región.
poblado es responsabilidad de su alcalde
y regidores. CONCORDANCIA:
LOM El alcalde de la municipalidad de centro Constitución Política del Perú, Artículo 198.
poblado informa mensualmente acerca de ARTÍCULO 137°.- INTEGRACIÓN
la utilización de los recursos a que se refie- Las municipalidades de frontera pueden ce-
re el artículo 133 a su concejo municipal y lebrar convenios y protocolos de integración
360 a la municipalidad delegante. Anualmente entre sí y con sus similares nacionales, con
rinde cuentas a la población en acto pú- la asistencia técnica del Consejo Nacional de
blico. Descentralización, e internacionales, en este
El incumplimiento de informar da lugar a último caso con participación del Ministerio
la suspensión de la entrega de recursos de Relaciones Exteriores, con el objeto de
por parte de la municipalidad provincial o promover el intercambio de experiencias so-
distrital. bre la gestión municipal y planes de desarro-
Los ingresos y los gastos de las municipa- llo conjunto, así como brindar o recibir apoyo
lidades de centros poblados se consolidan financiero y asistencia técnica.
en las cuentas de la municipalidad dele- ARTÍCULO 138°.- PARTICIPACIÓN EN EL
gante. FONDO DE DESARROLLO DE FRONTERAS
Texto modificado por el Artículo Único de la Ley N.º Las municipalidades de frontera participan
30937, publicada el 24-04-2019. de la distribución de los recursos del Fondo
ARTÍCULO 135°.- LIMITACIONES de Desarrollo de Fronteras, que se crea por
Las municipalidades de centros poblados ley, la cual establece la forma en que se fi-
están impedidas de contraer obligaciones nancia, y que tiene por finalidad prioritaria
financieras y de comprometer gasto co- la implementación de planes de desarrollo
rriente. Tampoco pueden ejecutar proyectos sostenido de las fronteras.
de inversión por gestión directa e indirecta,
salvo aquellos casos establecidos por ley. TÍTULO XI
Texto modificado por el Artículo Único de la Ley N.º LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO
30937, publicada el 24-04-2019. MUNICIPAL EN ZONAS RURALES

