Page 359 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 359

LEY N.° 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES

          dietas establecidas en el presente artículo. Dichas   el gobierno nacional de su libre disponibi-
          transferencias  financieras  se  aprueban  conforme   lidad, a la municipalidad de centro poblado,
          a lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16   para el cumplimiento de las funciones de-
          de la Ley N.º 31365, Ley de presupuesto del sec-
          tor público para el año fiscal 2022, asumiendo las   legadas, con arreglo a la normativa presu-
          responsabilidades referidas en el numeral 16.3 del   puestal vigente.
          artículo 16 de dicha ley.         Son recursos de la municipalidad de centro
          De conformidad con el numeral 2 de la Segunda Dis-  poblado los siguientes:
                       COPIA
          posición Complementaria Final de la Ley N.° 31436,
          publicada el 29 marzo de 2022, se autoriza durante   1.   Los  recursos  que  la  municipalidad
          el año fiscal 2022, a los gobiernos locales a realizar   provincial  y  la  municipalidad  distrital
          transferencias financieras a favor de las municipa-  les asigne para el cumplimiento de las
          lidades de centro poblado para financiar las dietas
          establecidas en el presente artículo, correspondien-  funciones y la prestación de servicios
          te al período de enero a marzo de 2022 y que a la   públicos  locales  delegados,  en  pro-
          fecha de la vigencia de la citada Norma no hayan   porción a la población a ser atendida;
          sido transferidas. Dichas transferencias financieras   siendo el mínimo el 50% de una UIT.
          se aprueban conforme a lo establecido en el numeral
          16.2 del artículo 16 de la Ley N.º 31365, Ley de pre-  Estos recursos son transferidos hasta
          supuesto del sector público para el año fiscal 2022,   el quinto día hábil de cada mes, bajo
          siéndoles  aplicables lo establecido en el numeral   responsabilidad  funcional  adminis-
          16.3 del artículo 16 de dicha ley.   trativa del alcalde y gerente municipal   LOM
          CONCORDANCIA:                        correspondiente.
          Ley N.° 28440, Artículo 8.        2.   Los  arbitrios  recibidos  por  la  presta-
          ARTÍCULO 132°.- FACULTADES Y OBLIGA-  ción efectiva de servicios públicos lo-
          CIONES                               cales delegados.              359
          Las facultades y obligaciones del alcalde y   3.   Los ingresos por la prestación de otros
          de los regidores de las municipalidades de   servicios públicos delegados, confor-
          centros  poblados  son  reguladas  mediante   me lo establece el Texto Único de Pro-
          decreto de alcaldía de la municipalidad pro-  cedimientos  Administrativos  (TUPA)
          vincial  o  distrital,  según  corresponda,  con   de la municipalidad delegante.
          arreglo a la delegación de funciones y pres-  4.   Otros recursos que resulten de conve-
          tación de servicios públicos locales.  nios, donaciones, actividades y acuer-
          Los  alcaldes  de  municipalidades  de  cen-  dos  adoptados  por  gestión  directa  o
          tros poblados participan en la formulación   mediante la municipalidad delegante.
          del  presupuesto  participativo  y  los  planes   Las  municipalidades  de  centros  poblados
          institucionales de la municipalidad a la que   pueden ejecutar intervenciones con los re-
          pertenecen.
                                            cursos señalados en los numerales 2, 3 y 4.
          Texto modificado por el Artículo Único de la Ley N.º
          30937, publicada el 24-04-2019.   El  incumplimiento  por  parte  del  alcalde
          CONCORDANCIAS:                    provincial  o  distrital  de  la  transferencia  a
                                            la municipalidad de centro poblado de los
          Ley N.º 28440, Art. 1.            recursos establecidos en la ordenanza co-
          ARTÍCULO 133°.- RECURSOS          rrespondiente es causal de suspensión del
          La municipalidad provincial y distrital, se-  alcalde responsable, por un período de se-
          gún corresponda, hace entrega de recursos   senta (60) días naturales y de ciento veinte
          presupuestales, propios y transferidos por   (120) días en caso de reiteración. Tal sus-
   354   355   356   357   358   359   360   361   362   363   364