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LEY N.° 30322 - LEY QUE CREA LA VENTANILLA ÚNICA DE ANTECEDENTES PARA USO ELECTORAL
LEY QUE CREA LA VENTANILLA ÚNICA DE ANTECEDENTES PARA USO
ELECTORAL
LEY N.º 30322
(Publicada el 7 de mayo de 2015)
Artículo 1°.- Objeto de la Ley por delito doloso en el Perú, que son
COPIA
Créase la Ventanilla Única de Antecedentes solicitados al Poder Judicial.
para Uso Electoral con el propósito de su- b) Certificados sobre órdenes de captura
ministrar información a las organizaciones nacional e internacional vigentes o no
políticas debidamente inscritas en el Jura- vigentes e información sobre notifica-
do Nacional de Elecciones sobre sus posi- ciones de la Organización Internacional
bles candidatos en los procesos electorales de Policía Criminal (Interpol), que son
en los que participen. solicitados a la Policía Nacional del Perú.
La Ventanilla Única de Antecedentes para c) Antecedentes de sentencias condena-
Uso Electoral está a cargo del Jurado Na- torias con calidad de cosa juzgada por
cional de Elecciones, en concordancia con delito doloso existentes en el exterior,
el inciso 3 del artículo 178 de la Constitu- que son solicitados al Ministerio de
ción Política del Perú. Relaciones Exteriores.
El Jurado Nacional de Elecciones podrá so- d) Información por deudas originadas en
licitar al Registro Nacional de Identificación tributos, contribuciones, tasas, arbi-
y Estado Civil (Reniec) soporte tecnológico trios o multas de naturaleza municipal;
para el funcionamiento de la Ventanilla Úni- deudas a la Superintendencia Nacional 381
ca de Antecedentes para Uso Electoral. de Aduanas y de Administración Tribu-
taria (Sunat), y al Registro de Deudores
Artículo 2°.- Oportunidad para la presenta- Alimentarios Morosos del Poder Judi-
ción de solicitudes de información ante la cial (Redam), que es solicitada a las
Ventanilla Única de Antecedentes para Uso entidades correspondientes.
Electoral e) Información sobre bienes, que es soli-
Las organizaciones políticas presentan las citada a la Superintendencia Nacional
solicitudes de información en la Ventanilla de los Registros Públicos (Sunarp).
Única de Antecedentes para Uso Electoral f) Información de los deudores de re-
sobre sus posibles candidatos desde los paraciones civiles inscritos en el Re-
diez días hábiles antes de la convocatoria gistro de Deudores de Reparaciones
del proceso electoral en el que participen y Civiles (REDERECI), Registro de Deu-
hasta el cierre de la etapa de inscripción de dores Judiciales Morosos, Registro de VENTANILLA ÚNICA DEANTECEDENTES PARA USO ELECTORAL
candidatos. Deudores Alimentarios Morosos y los
Artículo 3°.- Especificación de la informa- abogados sancionados inscritos en el
ción Registro de Abogados Sancionados
La información que puede ser solicitada en por Mala Práctica Profesional.
la Ventanilla Única de Antecedentes para Literal f) modificado por la Única Disposición Com-
Uso Electoral es la siguiente: plementaria Modificatoria del Decreto Legislativo
N.° 1265, publicada el 16-12-2016.
a) Antecedentes de sentencias conde- CONCORDANCIA:
natorias con calidad de cosa juzgada
Ley N.° 28094, Artículo 23.

