Page 385 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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APRUEBAN CRITERIOS PARA INCORPORAR EN LOS REGLAMENTOS DE
                   LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022
                                  ACUERDO DEL PLENO
                         (Fecha de publicación: 24 de noviembre de 2021)
          VISTOS  los  aspectos  previos  a  tener  en   Paridad vertical en las listas
           2 COPIA
          cuenta  en  la  elaboración  de  reglamentos
          para las Elecciones Regionales y Municipa-  En  circunstancias  en  las  cuales  el
          les 2022, por el Pleno del Jurado Nacional   3  número de consejeros y regidores es
          de Elecciones en sus sesiones privadas del   impar,  se  cumplirá  con  la  alternan-
          13, 17 y 24 de noviembre del 2021.    cia.                             CRITERIOS PARA LOS REGLAMENTOS  DE LAS ERM 2022
          Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional   Candidatos  accesitarios  para  even-
          de Elecciones, en uso de sus atribuciones,  tual reemplazo
          ACUERDA                               La  organización  política  puede  re-
          1. APROBAR los criterios para incorporar en   emplazar  a  los  candidatos  que  re-
          los reglamentos de las Elecciones Regiona-  nuncien, se ausenten o se nieguen a
          les y Municipales 2022, según detalle:  integrar las listas que se deben pre-
                                                sentar ante los JEE en las ERM2022,
                                                con  los  candidatos  que  hayan  sido
           CRITERIOS APROBADOS POR EL PLENO     agregados  en  posición  posterior  al
            DEL JNE PARA INCORPORAR EN LOS      número necesario de candidatos en
             REGLAMENTOS DE LAS ERM 2022     4  elecciones  internas,  o  candidatos   385
                                                que integraron las listas que no re-
              No se considera la participación de   sultaron ganadoras en las elecciones
           1
              candidatos designados             internas,  en  la  misma  circunscrip-
                                                ción, o como la organización políti-
                                                ca considere pertinente dentro de la
              Paridad horizontal en elecciones re-  normatividad vigente. Si la organiza-
              gionales                          ción política no adopta una medida
              Es  un  requisito  y  debe  ser  exigido   de contingencia para estos efectos,
              como  tal.  La  consecuencia  jurídica   será responsable si no pudiera pre-
              de  su  incumplimiento  es  la  no  ins-  sentar listas completas.
              cripción de las fórmulas presentadas
              por el partido a escala nacional.  Publicación  de  listas  municipales
                                                admitidas
              Sin  embargo,  si  resulta  aritmética-
              mente  imposible  aplicar  la  paridad   En  las  circunscripciones  donde  no
                                                circulen  medios  de  comunicación
              porque  el  partido  político  presenta
              candidaturas  en  un  número  impar   5  escrita  (periódicos  o  diarios),  las
              de  circunscripciones,  se  deberán   listas  de  candidatos  admitidas  se
              presentar fórmulas encabezadas por   publican en el portal electrónico ins-
              mujeres  u  hombres  en  cantidades   titucional el JNE, en los paneles de
                                                los JEE y en las sedes de las munici-
              tales  que  se  diferencien  por  1  cir-
              cunscripción.                     palidades a las que postulan dichas
                                                listas.
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