Page 414 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 414

COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022

          se constituye como Dirección Nacional en   directivos  podrán  solicitar  la  inscrip-
          virtud  de  la  Resolución  N.°  2924-2014-  ción de su renuncia a la organización
          JNE, publicada el 16 de octubre de 2014 en   política a la que pertenecen.
          el diario oficial El Peruano. La DNROP es la   Modificar su domicilio legal.
   REGLAMENTO  DEL ROP  unidad orgánica de línea que depende de la   Solicitar la cancelación de su inscrip-
          Presidencia del JNE encargada de planifi-
                                               ción.
          car, organizar, dirigir, coordinar, controlar y
          ejecutar las actividades de administración   Las organizaciones políticas que par-
          del ROP, de acuerdo a Ley.           ticipan en el proceso electoral no pue-
          Artículo 2°.- Constitución           den:
          El ROP está constituido por tres (3) libros   Modificar  su  denominación,  símbo-
          electrónicos abiertos: Libro de Partidos Po-  lo,  reglamento  electoral  y  normas  de
          líticos, Libro de Movimientos Regionales y   democracia  interna  contenidas  en  su
          Libro de Alianzas Electorales; y cuenta con   estatuto.
          un (1) libro electrónico cerrado correspon-
          diente a Organizaciones Políticas Locales.  Modificar su estructura orgánica.
          Cada libro electrónico está conformado por   Presentar solicitudes de fusión o inte-
          partidas electrónicas y estas, a su vez, por   gración.
          asientos.                            Independientemente, las organizacio-
          Artículo 3°.- Registro de Organizaciones   nes políticas no pueden presentar más
                                               afiliados a su padrón, a comités inscri-
          Políticas    COPIA
    414   El ROP está a cargo del JNE y se encuentra   tos ni nuevos comités partidarios, una
          abierto de manera continua, excepto en el   vez que se cierre el padrón que regirá
          lapso que media entre el cierre de inscrip-  las elecciones primarias a que se refie-
          ción de candidatos a un proceso electoral y   re la Ley N.° 30998.
          un mes después de la finalización de este.   2.   Dado que los movimientos regionales
          Artículo 4°.- Alcances del cierre del Regis-  no  participan  en  el  proceso  de  elec-
          tro de Organizaciones Políticas      ciones  generales  pueden  solicitar  la
          El cierre del ROP no impide la presentación   modificación del íntegro de su partida
          de nuevas solicitudes de inscripción de or-  electrónica, conforme lo previsto en el
          ganizaciones políticas que pretendan parti-  presente  Reglamento,  salvo  la  incor-
          cipar en procesos electorales posteriores, ni   poración de nuevos afiliados conforme
          la modificación de las partidas electrónicas   a lo dispuesto en el último párrafo del
          de las organizaciones políticas inscritas.   numeral 1 de este artículo.
          El cierre del ROP implica lo siguiente:   3.   En el SROP quedan registradas todas
          1.   Las organizaciones políticas que par-  las desafiliaciones presentadas por los
              ticipan en el proceso electoral pueden:   ciudadanos durante el periodo de cie-
              Nombrar,  elegir,  revocar  o  sustituir  a   rre del ROP.
              sus  dirigentes,  representantes  lega-  4.   Durante el cierre del ROP, se puede so-
              les,  apoderados,  tesoreros  (titulares,   licitar la emisión de las constancias de
              suplentes y descentralizados) y perso-  estado de afiliación y de estado de ins-
              neros legales y técnicos. Los propios   cripción de organizaciones políticas.
   409   410   411   412   413   414   415   416   417   418   419