Page 419 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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RES. N.° 0325-2019-JNE, REGLAMENTO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
la información de los Certificados de Re- Artículo 30°.- Solicitud de cancelación del
serva de Denominación que hubieran sido Certificado de Reserva de Denominación
solicitados. Dicha información debe man- El personero legal puede solicitar la cance-
tenerse actualizada y esta al alcance de la lación del Certificado de Reserva de Deno-
ciudadanía a través del portal institucional minación, desde su expedición hasta antes
del JNE. de su caducidad o de solicitar el señala- REGLAMENTO DEL ROP
Artículo 28°.- Caducidad miento de fecha y hora para presentar su
en la LPAG. COPIA
28.1 Las organizaciones políticas tienen inscripción ante la DNROP.
un plazo máximo de un (1) año, desde la Para ello, debe presentar una solicitud sim-
expedición del Certificado de Reserva de ple manifestando su voluntad de cancelar
Denominación, para presentar su solicitud el Certificado de Reserva de Denominación
de inscripción ante la DNROP del JNE; el y la motivación de su decisión. Dicha so-
plazo contemplado corresponde a uno de licitud es evaluada por SC en un plazo de
caducidad, por lo que una vez transcurrido cinco (5) días hábiles, el pronunciamiento
el último día del plazo opera, consecuente- que resuelve la solicitud de cancelación es
mente, la extinción del derecho y su acción definitivo y contra este no procede ningún
correspondiente. recurso administrativo.
28.2 SC formaliza la caducidad de los CAPÍTULO III
Certificados de Reserva de Denominación
cuya solicitud de inscripción no se haya PRESENTACIÓN DEL TÍTULO DE INS-
presentado luego de haber transcurrido el CRIPCIÓN
plazo correspondiente. Dicha información Artículo 31°.- Señalamiento de fecha y hora 419
es notificada en las casillas electrónicas de Las organizaciones políticas que cuenten
los personeros legales y actualizada en el con los formularios y la reserva de la de-
registro respectivo. nominación deben solicitar, a través de su
28.3 El efecto de la caducidad determina la personero legal, a SC, OD o al Registrador
cancelación de la reserva de denominación. Delegado y/o Asistente Registral, de ser el
Artículo 29°.- Recursos impugnativos sobre caso, se señale fecha y hora para la presen-
Certificado de Reserva de Denominación tación de una solicitud de inscripción. Dicha
Sobre el pronunciamiento que resuelve la solicitud debe contener obligatoriamente la
casilla electrónica proporcionada por el JNE
solicitud para adquirir el Certificado de Re- al personero legal o a quien haga sus veces.
serva de Denominación proceden los recur-
sos de reconsideración y apelación, los que Artículo 32°.- Presentación
deberán cumplir los requisitos establecidos La presentación de la solicitud de inscripción
se efectúa en acto único y en la fecha progra-
El recurso de reconsideración se presenta mada. Este acto da inicio al procedimiento de
dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, inscripción de una organización política.
ante SC, que resuelve en el plazo máximo El encargado de recibir la solicitud verifica
de cinco (5) días hábiles. El recurso de ape- que esté dirigida al Director de la DNROP o
lación contra lo resuelto por SC se interpone Registrador Delegado y cumpla los siguien-
dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, el tes aspectos formales:
cual es resuelto por la DNROP en el plazo La firma del personero legal, domicilio legal
máximo de cinco (5) días hábiles. y procesal, teléfono, correo electrónico o di-

