Page 54 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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ámbito debiera estar centrado en una comunión hacia la pretendida
intención divina, como ejercicio de la actividad cotidiana, centrada en
una concepción de justicia basada en la piedad y en la máxima de que
“Aquello que por las leyes es permitido, porque la ley divina no lo
prohíbe, ni la ley humana todavía” .
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De todas formas, la expresión de la visión escolástica más acabada
se da con Tomás de Aquino, quien le da forma sistemática al iusnatu-
ralismo en esa variante: este pensador expresa –sobre todo en su obra
cúlmine, la Summa Teológica- los elementos que caracterizan gran
parte de la pretensión del iusnaturalismo religioso :
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• Ley eterna: razón que dirige todos los movimientos y acciones
del Universo, sólo es conocida por Dios en su integridad.
• Ley natural: percepción parcial e imperfecta de la ley eterna, que
realiza el ser humano, por medio de la razón, aunque sea incapaz
de conocerla completamente. Posibilita a las personas distinguir
entre el bien y el mal, y debe –en esta variante del iusnaturalis-
mo- ser la guía y medida invariable de la ley humana.
• Ley divina: es la revelada por Dios a través de las Sagradas Es-
crituras, que contiene las direcciones particulares de cómo deben
conducirse las personas, además de complementar los principios
generales y abstractos del Derecho natural.
• Ley humana: que deriva de la voluntad del legislador humano
(esto es, la norma jurídica estatal, tal y como la conocemos);
pero, para ser considerada como Derecho, debe ser justa y recta,
es decir debe participar de la ley eterna y natural.
Posteriormente se consolida esa corriente a partir de los trabajos
de escritores como Francisco Suárez, Hugo Grocio, Samuel Pufendorf,
John Locke y Jean-Jacques Rousseau, además de Immanuel Kant ,
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para quienes las teorías del Derecho natural y de los derechos naturales
formaron parte integral del pensamiento teológico, moral, jurídico y
63 Civitas Dei (La Ciudad de Dios), XV, 16. Vid. Friedrich, Carl Joachim, op. cit., p.
65; también en Martínez Roldán, Luis y Fernández Suárez, Jesús A., Curso de
Teoría del Derecho, op. cit., pp. 38-41.
64 Un buen resumen en Tomás de Aquino, Tratado de la Ley. Tratado de la Justicia.
Gobierno de los Príncipes, 5a. ed., México, Porrúa, 1996.
65 Aun cuando, como veremos más adelante, también a Kant se le singulariza como
antecedente del iuspositivismo.