Page 130 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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MARCOS NORMATIVOS CONTRA EL ACOSO Y/O VIOLENCIA POLÍTICA... 119
mas adoptan un carácter obligatorio, la inclusión de las mujeres en ciertas
instancias de la competencia político-electoral, con el propósito de avanzar
hacia democracias cimentadas sobre la igualdad real.
Ante esta situación, algunos líderes políticos han apelado a diversas es-
violencia directa, de carácter más explícito y represivo, y violen-
trategias de
cia indirecta, de carácter estructural vinculada a la hostilidad que representa
la participación de este grupo social en la dinámica político-electoral (He-
al., 2011), para defender ciertos roles y funciones tradicionalmente
rrera et
asignados a su sexo, tal como la mayor decisión que suelen desempeñar en
el proceso de selección y nominación de candidatos. Este hecho permite
afirmar que los avances normativos tendientes a promover la inclusión po-
lítica de las mujeres en la región no necesariamente han implicado trans-
formaciones culturales significativas en las prácticas asociadas a la partici-
pación femenina (Albaine, 2014a, 2014b y 2015). En consecuencia, resulta
de vital importancia que estos tipos de normas sean acompañados de la
construcción de un marco jurídico capaz de desnaturalizar y sancionar
esta forma de violencia que condiciona la plena participación política de
las mujeres. copia
El acoso y/o violencia política en razón de género ocurre más allá de los
marcos normativos que existen a nivel nacional e internacional tendientes
a proteger los derechos políticos y los derechos humanos de las mujeres, ta-
les como la Convención sobre los Derechos Políticos de las Mujeres (1954),
la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discrimina-
ción contra la Mujer (CEDAW, 1979) y la Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención
de Belém do Pará, 1994). Al comienzo de este milenio, esta problemática
ha sido reconocida por ciertos organismos internacionales y organizaciones
abocadas a la defensa de los derechos de las mujeres como uno de los prin-
cipales desafíos para avanzar hacia el desarrollo de democracias paritarias
sustantivas. Como resultado de ello se ha avanzado en la construcción de un
marco jurídico capaz de reconocer la gravedad de esta problemática prin-
cipalmente a través del Consenso de Quito (2007), el de Santo Domingo
(2013) y la Norma Marco para consolidar la Democracia Paritaria (2015).
Asimismo, la CIM/OEA ha establecido el primer acuerdo regional en
la materia a través de la aprobación de la Declaración sobre la Violencia
y el Acoso Político contra las Mujeres (2015), en la cual los países firman-
tes declararon la necesidad de “impulsar la adopción, cuando corresponda,
de normas… para la prevención, atención, protección, erradicación de la
violencia y el acoso político contra las mujeres, que permitan la adecuada
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