Page 130 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                      MARCOS NORMATIVOS CONTRA EL ACOSO Y/O VIOLENCIA POLÍTICA...  119

                mas adoptan un carácter obligatorio, la inclusión de las mujeres en ciertas
                instancias de la competencia político-electoral, con el propósito de avanzar

                hacia   democracias cimentadas sobre la igualdad real.

                   Ante esta situación, algunos líderes políticos han apelado a diversas es-
                          violencia directa, de carácter más explícito y represivo, y violen-
                trategias de
                cia indirecta, de carácter estructural vinculada a la hostilidad que representa

                   la participación de este grupo social en la dinámica político-electoral (He-




                       al., 2011), para defender ciertos roles y funciones tradicionalmente
                rrera et
                asignados a su sexo, tal como la mayor decisión que suelen desempeñar en
                el proceso de selección y nominación de candidatos. Este hecho permite
                afirmar que los avances normativos tendientes a promover la inclusión po-
                lítica de las mujeres en la región no necesariamente han implicado trans-
                formaciones culturales significativas en las prácticas asociadas a la partici-
                pación femenina (Albaine, 2014a, 2014b y 2015). En consecuencia, resulta
                de vital importancia que estos tipos de normas sean acompañados de la
                construcción de un marco jurídico capaz de desnaturalizar y sancionar

                esta forma de violencia que condiciona la plena participación   política de
                las mujeres.        copia
                   El acoso y/o violencia política en razón de género ocurre más allá de los
                marcos normativos que existen a nivel nacional e internacional tendientes
                a proteger los derechos políticos y los derechos humanos de las mujeres, ta-
                les como la Convención sobre los Derechos Políticos de las Mujeres (1954),
                la Convención sobre la Eliminación de   todas las Formas de Discrimina-
                ción contra la Mujer (CEDAW, 1979) y la Convención Interamericana para
                Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención
                de Belém do   Pará, 1994). Al comienzo de este milenio, esta problemática




                ha sido reconocida por ciertos organismos internacionales y organizaciones
                abocadas a la defensa de los derechos de las mujeres como uno de los prin-
                cipales desafíos para avanzar hacia el desarrollo de democracias paritarias
                sustantivas.   Como resultado de ello se ha avanzado en la construcción de un




                marco jurídico capaz de reconocer la gravedad de esta problemática prin-


                cipalmente      a través del Consenso de Quito (2007), el de Santo Domingo










                (2013)   y la Norma Marco para consolidar la Democracia Paritaria (2015).

                   Asimismo, la CIM/OEA ha establecido el primer acuerdo regional en
                la materia a través de la aprobación de la Declaración sobre la Violencia
                y el Acoso Político contra las Mujeres (2015), en la cual los países firman-

                tes declararon la   necesidad de “impulsar la adopción, cuando corresponda,



                de normas… para la prevención, atención, protección, erradicación de la
                violencia y el acoso político contra las mujeres, que permitan la adecuada
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                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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