Page 235 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 28094 - LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
Disposición incorporada por el artículo 2 de Ley N.º da por el Registro de Organizaciones
31038, publicada el 26-08-2020. Políticas (ROP) del Jurado Nacional
SEXTA.- El Jurado Nacional de Elecciones de Elecciones (JNE). La solución de
(JNE) deberá poner al servicio de las orga- controversias en sede jurisdiccional,
nizaciones políticas, en un plazo de cuaren- la elaboración del cronograma co-
ta y cinco (45) días calendario a partir de la rrespondiente y la fiscalización de las
fecha de publicación de la presente Ley, un elecciones internas están a cargo del
COPIA
Portal Electoral Digital (PED) que permita la Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
realización de los siguientes trámites y ac- 2. La organización política determina los
tos de manera virtual: requisitos, la modalidad de inscrip-
1. La presentación de los requisitos de ción y el número de sus postulantes a
inscripción de partidos políticos. candidatos de acuerdo a su normativa
2. Las incorporaciones, exclusiones y re- interna. Las candidaturas a elecciones
internas se presentan ante la respecti-
nuncias al padrón de afiliados. va organización política.
3. La afiliación a una organización política. 3. Las elecciones internas para elegir
4. La renuncia a una organización política. candidatos a las Elecciones Generales
5. El trámite de afiliación indebida a una 2021 se desarrollan conforme al ca-
organización política. lendario electoral fijado por el Jurado
6. La solicitud de inscripción de las mo- Nacional de Elecciones (JNE).
dificaciones al Estatuto. 4. Los candidatos en las elecciones in-
7. La solicitud de inscripción de las mo- ternas deben estar afiliados a la or- 235
ganización política por la que deseen
dificaciones al Reglamento Electoral. postular y registrar dicha afiliación
8. La realización de reuniones de los ór- en el Registro de Organizaciones Po-
ganos directivos y demás estamentos líticas (ROP) del Jurado Nacional de
o instancias de las organizaciones po- Elecciones (JNE), como máximo hasta
líticas. el 30 de setiembre del presente año. La LOP
9. La elección de sus dirigentes, repre- organización política puede establecer
sentantes legales, apoderados y per- mayores requisitos a los señalados en
la presente disposición. En el caso de
soneros.
las organizaciones políticas en vías
Disposición incorporada por el artículo 2 de Ley N.º de inscripción, los candidatos en las
31038, publicada el 26-08-2020. elecciones internas deben encontrarse
SÉPTIMA.- Las elecciones internas en las en la relación de afiliados presentada
organizaciones políticas para elegir a los por la organización política en su so-
candidatos a las Elecciones Generales del licitud de inscripción ante el Registro
año 2021 se rigen por las siguientes reglas: de Organizaciones Políticas (ROP) del
1. Las elecciones internas son organi- Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
zadas por la Oficina Nacional de Pro- Dicha solicitud de inscripción debe ser
presentada como máximo hasta el 30
cesos Electorales (ONPE). El Registro de setiembre del presente año.
Nacional de Identificación y Estado
Civil (RENIEC) se encarga de la ela- 5. Las elecciones internas pueden rea-
boración del padrón de electores en lizarse de acuerdo con alguna de las
base a la información proporciona- siguientes modalidades:

