Page 233 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 28094 - LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
luego de lo cual prescribe su facultad para la aplicación de la multa se debe tomar en
determinar la existencia de infracciones ad- consideración, sin perjuicio de los criterios
ministrativas. de graduación de la sanción que se determi-
Artículo derogado por Única Disposición Comple- ne en el reglamento respectivo, los criterios
mentaria Derogatoria de la Ley N.º 31046, publicada señalados en el artículo 36-B de la presente
el 26-09-2020. ley, en lo que le resulte aplicable. Multa que
Artículo 41°.- Espacios en radio y televisión el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) co-
COPIA
en período no electoral bra coactivamente.
Los medios de comunicación de propiedad En caso de que el candidato cometa nueva-
del Estado, están obligados a otorgar men- mente la infracción con posterioridad a que
sualmente cinco minutos a cada partido la sanción de multa adquiera la condición
político con representación en el Congreso, de firme o consentida, el Jurado Electoral
para la difusión de sus propuestas y plan- Especial (JEE) dispone su exclusión.
teamientos. La Gerencia de Supervisión de En caso de que el bien entregado supere
Fondos Partidarios hace la asignación co- las dos (2) unidades impositivas tributarias
rrespondiente. (UIT), el Jurado Electoral Especial (JEE) co-
Artículo 42°.- Conducta prohibida en la rrespondiente dispone la exclusión del can-
propaganda política didato infractor.
Los candidatos en el marco de un proceso El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ga-
electoral están prohibidos de efectuar en- rantiza el derecho de defensa y al debido
trega o promesa de entrega de dinero, re- proceso, en el procedimiento correspon-
galos dádivas, alimentos, medicinas, agua, diente. 233
materiales de construcción, enseres del La propaganda electoral de las organizacio-
hogar u otros bienes, de manera directa, o nes políticas o los candidatos a cualquier
a través de terceros por mandato del can- cargo público debe respetar los siguientes
didato y con recursos del candidato o de la principios:
organización política. Principio de legalidad, por el cual los conte- LOP
La limitación establecida en el párrafo an- nidos de la propaganda electoral deben res-
terior no es de aplicación en caso de que: petar las normas constitucionales y legales.
d) Con ocasión del desarrollo de un even- a) Principio de legalidad, por el cual los
to proselitista gratuito, se haga entre- contenidos de la propaganda electoral
ga de bienes para consumo individual deben respetar las normas constitu-
e inmediato. cionales y legales.
e) Se trate de artículos publicitarios, b) Principio de veracidad, por el cual no
como propaganda electoral. En ambos se puede inducir a los electores a to-
supuestos no deben exceder del 0,3% mar una decisión sobre la base de pro-
de una unidad impositiva tributaria paganda electoral falsa o engañosa.
(UIT) por cada bien entregado. c) Principio de autenticidad, por el cual
El Jurado Electoral Especial (JEE) corres- la propaganda electoral contratada
pondiente impone una multa no menor de debe revelar su verdadera naturaleza y
cinco (5) ni mayor de treinta (30) unida- no ser difundida bajo la apariencia de
des impositivas tributarias (UIT) al sujeto noticias, opiniones periodísticas, ma-
infractor conforme al artículo 42-A. Para terial educativo o cultural.

