Page 347 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
P. 347

LEY N.° 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES

              conveniente, de acuerdo a las normas   nómico local sostenible en su espacio
              establecidas por la municipalidad pro-  territorial.
              vincial respectiva.           2.  Funciones específicas compartidas de
          3.2. Coordinar con el Comité de Defensa Ci-  las municipalidades provinciales:
              vil del distrito las acciones necesarias   2.1. Organizar, en coordinación con el res-
              para  la  atención  de  las  poblaciones   pectivo gobierno regional y las munici-
              damnificadas por desastres naturales   palidades distritales de su jurisdicción,
              sas  que  operan  en  su  jurisdicción  y  COPIA
              o de otra índole.                instancias  de  coordinación  para  pro-
          3.3. Establecer el registro y control de las   mover  el  desarrollo  económico  local;
              asociaciones  de  vecinos  que  recau-  aprovechando  las  ventajas  compara-
              dan cotizaciones o administran bienes   tivas  de  los  corredores  productivos,
              vecinales,  para  garantizar  el  cumpli-  ecoturísticos y de biodiversidad.
              miento de sus fines.          2.2.  Realizar campañas conjuntas para faci-
          CONCORDANCIAS:                       litar la formalización de las micro y pe-
          Constitución Política del Perú, Artículo 197.  queñas empresas de su circunscripción
          Ley N.° 28719, Arts. 8 y 10.         territorial  con  criterios  homogéneos  y
          ARTÍCULO  86°.- PROMOCIÓN  DEL DESA-  de simplificación administrativa.
          RROLLO ECONÓMICO LOCAL            2.3.  Elaborar junto con las instancias co-  LOM
          1.  Funciones  específicas  exclusivas  de   rrespondientes,  evaluaciones  de  im-
              las municipalidades provinciales:  pacto de los programas y proyectos de
          1.1.  Diseñar un plan estratégico de desarro-  desarrollo económico local.  347
              llo económico local sostenible y un plan   2.4.  Promover, en coordinación con el gobier-
              operativo  anual,  e  implementarlos  en   no regional, agresivas políticas orienta-
              función de los recursos disponibles y de   das a generar productividad y competiti-
              las necesidades de la actividad empre-  vidad en las zonas urbanas y rurales, así
              sarial de la provincia, según diagnósti-  como la elaboración de mapas provin-
              co económico de su jurisdicción.  ciales sobre potenciales riquezas, con el
          1.2.  Flexibilizar  y  simplificar  los  procedi-  propósito de generar puestos de trabajo
              mientos  de  obtención  de  licencias  y   y desanimar la migración.
              permisos en el ámbito de su jurisdic-  2.5.  En  los  municipios  rurales,  concertar
              ción, sin obviar las normas técnicas de   con las comunidades campesinas.
              seguridad.                    2.6.  Articular las zonas rurales con las ur-
          1.3.  Mantener  un  registro  de  las  empre-  banas,  fortaleciendo  así  la  economía
                                               regional.
              cuentan  con  licencia  municipal  de   3.   Funciones  específicas  exclusivas  de
              funcionamiento,  definitiva  o  provi-  las municipalidades distritales:
              sional,  consignando  expresamente  el   3.1.  Diseñar  un  plan  estratégico  para  el
              cumplimiento o incumplimiento de las   desarrollo  económico  sostenible  del
              normas técnicas de seguridad.    distrito  y  un  plan  operativo  anual  de
          1.4.  Concertar  con  el  sector  público  y  el   la municipalidad, e implementarlos en
              privado la elaboración y ejecución de   función de los recursos disponibles y
              programas de apoyo al desarrollo eco-  de las necesidades de la actividad em-
   342   343   344   345   346   347   348   349   350   351   352