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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022

          el conflicto de límites existente, de mane-  del  Estado  que  se  encuentren  pendientes
          ra tal que a partir del año siguiente a aquél   de pago hasta el 31 de diciembre de 2002
          en que se defina el conflicto de límites, se   podrán  reprogramarse,  refinanciarse  o  re-
          deberá tributar al municipio a cuya jurisdic-  estructurarse, con un plazo no menor a los
          ción se haya atribuido el predio.  cuatro años ni mayor a los diez años. Los
          A partir del día de publicación de la presente   términos y condiciones del fraccionamiento
                                            especial a favor de los municipios, se deter-
          norma, se dejará sin efectos todo proceso
          Ley N.º 28273. COPIA
          de  cobranza  iniciado  respecto  de  tributos   minará por libre acuerdo entre las partes.
          municipales  por  los  predios  ubicados  en   DÉCIMO  OCTAVA.-  Las  municipalidades
          zonas de conflicto de jurisdicción, a la sola   que  tengan  a  su  cargo  beneficiarios  del
          acreditación por el contribuyente de los pa-  Decreto Ley N.º 20530, deberán priorizar el
          gos  efectuados  de  acuerdo  a  los  párrafos   pago oportuno de sus pensiones pendientes
          precedentes de este artículo.     o  por  generarse; para  tal  efecto y  cuando
                                            estas no puedan ser cubiertas con los otros
          CONCORDANCIAS:                    ingresos  de  sus  presupuestos,  deberán
          Ley N.º 28374, Artículo 4.        disponer de hasta el diez por ciento de los
          DÉCIMO CUARTA.- Los propietarios de edi-  recursos del Fondo de Compensación Mu-
          ficaciones que hayan sido construidas sin   nicipal  (FONCOMUN).  Incurren  en  respon-
     LOM  licencia de construcción y/o en terrenos sin   sabilidad los Concejos que contravengan lo
          habilitación urbana, hasta el 31 de diciem-  dispuesto en el presente párrafo.
          bre  de  2003,  podrán  regularizar  su  situa-  DÉCIMO NOVENA.-  Para  la  implementa-
          ción, sin pago de multas ni otras sanciones,   ción de los portales electrónicos el Consejo
    372   hasta el 31 de diciembre de 2005, mediante   Nacional de Descentralización diseñará un
          el procedimiento de regularización de edifi-  software con una estructura uniforme para
          caciones a que se refiere la Ley N.º 27157 y   todas las municipalidades.
          normas reglamentarias.            VIGÉSIMA.- Las municipalidades provincia-
          Disposición Complementaria modificada por el Ar-  les o distritales, por única vez, con acuerdo
          tículo 1° de la Ley N.º 28437, publicada el 28-12-  adoptado por dos tercios de los miembros
          2004.                             del  concejo  municipal,  podrán  declararse
          DÉCIMO QUINTA.- El sistema de acredita-  en emergencia administrativa o financiera,
          ción  de  los  gobiernos  locales  es  regulado   por un plazo máximo de noventa días, con
          por  ley,  con  votación  calificada,  sobre  la   el  objeto  de  hacer  las  reformas,  cambios
          base de la propuesta técnica elaborada por   o  reorganizaciones  que  fueran  necesarias
          el Consejo Nacional de Descentralización.  para  optimizar  sus  recursos  y  funciones,
                                            respetando los derechos laborales adquiri-
          CONCORDANCIAS:                    dos legalmente.
                                            VIGÉSIMO PRIMERA.- Los fondos munici-
          DÉCIMO SEXTA.- Las municipalidades de-  pales de inversión se mantienen vigentes y
          terminarán  espacios  de  concertación  adi-  se rigen por su ley de creación.
          cionales a los previstos en la presente ley   VIGÉSIMO  SEGUNDA.-  Cuando  la  gestión
          y regularán mediante ordenanza los meca-  financiera  y  presupuestaria  de  los  gobier-
          nismos de aprobación de sus presupuestos   nos locales comprometa gravemente la es-
          participativos.                   tabilidad macroeconómica del país, podrán
          DÉCIMO  SÉTIMA.-  Las  deudas  provenien-  dictarse medidas extraordinarias en mate-
          tes  de  aportes  a  las  diferentes  entidades   ria económica y financiera conforme inciso
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