Page 433 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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RES. N.° 0325-2019-JNE, REGLAMENTO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS

          Nuevos comités, nuevos afiliados a comités   se,  señalándose  la  base  legal,  estatutaria
          ya inscritos o actualización de direcciones   y/o  del  Reglamento  Electoral,  inscritos  en
          de comités.                       el ROP, según corresponda al pedido de ins-
          Inscripción  y  actualización  del  padrón  de   cripción.
          afiliados.                        Si el estatuto o reglamento electoral esta-  REGLAMENTO
          Domicilio legal.                  blece la competencia de determinado órga-  DEL ROP
                                            no partidario para la adopción de un acto
                       COPIA
          El  registro  de  las  renuncias  de  afiliados  y   inscribible,  se  debe  presentar,  además,  la
          fundadores en el SROP no genera la emisión   documentación  en  original  y  copia  legali-
          de un asiento registral.          zada, que acredite la convocatoria para la
          Artículo 97°.- Actos no inscribibles   sesión,  el  quorum  de  instalación  y  que  el
          No son pasibles de inscripción y, por tanto,   acuerdo fue adoptado por la mayoría de los
          no ameritan asiento registral:    miembros inscritos del órgano competente,
          La  designación  o  renuncia  de  directivos   salvo que la norma estatutaria disponga un
                                            porcentaje distinto.
          cuyo  ámbito  o  competencia  sea  menor  al
          alcance de la organización política.   La convocatoria a que se refiere el párrafo
          Himnos, lemas o frases identificadoras de   previo, debe ser efectuada por el órgano o
                                            directivo facultado estatutaria o reglamen-
          las organizaciones políticas.     tariamente para ello, cumpliendo el plazo de
          Sanciones disciplinarias.         antelación y el medio fijado por el estatuto.
          Reglamentos internos.             Si la organización política no cuenta con un
          Cualquier  otro  que  no  se  encuentre  com-  estatuto inscrito o el estatuto no regula el   433
          prendido en el artículo previo.   acto inscribible, el acuerdo de modificación
          Artículo 98°.- Vigencia de los cargos direc-  de partida electrónica deberá ser adoptado
                                            por la mayoría de directivos con inscripción
          tivos                             vigente.
          Las  organizaciones  políticas  deben  pre-  Toda  solicitud  de  modificación  de  partida
          sentar  al  menos  una  (1)  vez  cada  cuatro   electrónica debe ir acompañada de la cons-
          (4) años, de acuerdo con lo establecido en   tancia  o  certificado  emitido  por  la  Oficina
          el artículo 25° de la LOP, la relación de los   Nacional de Procesos Electorales que acre-
          directivos elegidos para su inscripción ante   dite el cumplimiento de las sanciones im-
          el ROP.                           puestas por dicha entidad, según lo previsto
          La DNROP suspende la atención de las soli-  en el artículo 36°-C de la LOP.
          citudes de modificación de partida electró-  Artículo 100°.- Incumplimiento de carácter
          nica  de  aquellas  organizaciones  políticas   formal
          que  tengan  el  mandato  de  sus  directivos
          vencidos, hasta que cumplen con solicitar   Si  la  documentación  presentada  incumple
          la inscripción correspondiente.   con lo previsto en el presente Reglamento
          Artículo 99°.- Requisitos comunes   o en el TUPA del JNE, SC o las OD, de ser
                                            el caso, informan de las observaciones de
          Sin perjuicio de los requisitos establecidos   carácter  formal  al  solicitante,  levantando
          en el TUPA del JNE, debe presentarse con   un acta y otorgándole un plazo de dos (2)
          la solicitud de modificación de partida elec-  días hábiles, más el término de la distancia,
          trónica, el original y la copia legalizada del   en los casos que corresponda, para que las
          título del cual emana el derecho a inscribir-
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