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COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2022

              Dentro  de  diez  (10)  días  hábiles  si-  Los trabajadores que continúen labo-
              guientes  a  la  publicación  de  la  pre-  rando luego de culminado el proceso
              sente  ley,  los  trabajadores  podrán   de racionalización, quedarán automá-
              acogerse al programa de retiro volun-  ticamente  incorporados  a  las  dispo-
              tario presentando sus respectivas re-  siciones de la Ley N.º 4916 y demás
              nuncias a la Comisión, la misma que   normas modificatorias y conexas.
              se reservará el derecho de denegarlas.   Cuarta Disposición Transitoria.- La Oficina
                       COPIA
                                            Nacional  de  Procesos  Electorales  asume
              Los trabajadores que se retiren volun-  el  Registro  Electoral,  fundamentalmente
              tariamente,  gozando  de  incentivos,   la actualización del padrón electoral hasta
              no  podrán  reingresar  a  laborar  en  la   que entre en funciones el Registro Nacio-
              administración pública bajo cualquier   nal de identificación y Estado Civil. Durante
              forma o modalidad de contratación o   ese lapso, el Jurado Nacional de Elecciones
    LOONPE    régimen legal, en un plazo de cinco (5)   fiscalizará la legalidad de la elaboración del
                                            padrón electoral, conforme a lo previsto en
              años contados a partir de la fecha de
              su cese.                      la Constitución y la ley. *
          2.  Programa  de  calificación,  capacitación,   *   Mediante  Oficio  N.°  000261-2018-SG-ONPE  de
          evaluación y selección, que estará sujeto a   fecha 20 de marzo 2018, enviado por la Secretaría
                                            General de la Oficina Nacional de Procesos Electora-
          las siguientes normas:            les, se indica que las disposiciones transitorias con-
              Vencido el plazo para la presentación   tenidas en la presente Ley, han cumplido la finalidad
              de renuncias voluntarias, el jefe de la   para la cual fueron dictadas, razón por la cual han
                                            perdido vigencia.
              Oficina Nacional de Procesos Electo-
     90       rales ejecutará un programa de preca-  DISPOSICIONES FINALES
              lificación, evaluación integral y selec-  Primera Disposición Final.- El Reglamento
              ción de personal.             de Organización y Funciones a que se refie-
              Concluido este programa, los trabaja-  re el Artículo 22 de la presente ley, deberá
              dores que no aprueben los exámenes   ser aprobado por el jefe de la Oficina Nacio-
              establecidos,  así  como  aquellos  que   nal  de  Procesos  Electorales  dentro  de  los
              decidan  no  presentarse  a  aquellos,   treinta (30) días de designado.
              serán  cesados  por  causal  de  reorga-  Segunda  Disposición Final.-  Derógase  to-
              nización y adecuación y sólo tendrán   das las disposiciones legales o reglamenta-
              derecho  a  percibir  la  compensación   rias que se opongan a la presente ley.
              por tiempo de servicios y demás be-  Tercera Disposición Final. - La presente ley
              neficios que corresponda, de acuerdo   entrará  en  vigencia  al  día  siguiente  de  su
              a ley.                        publicación en el Diario Oficial El Peruano.
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