Page 95 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 26497 - LEY ORGÁNICA DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
materia de su competencia a la Alta Direc- cas nacional o extranjeras, incluyendo
ción y las demás instancias del Registro de las que provengan de la cooperación
Identificación y Estado Civil. técnica internacional.
Artículo 21°.- La Gerencia de Administra- CONCORDANCIA:
ción estará a cargo de organizar y ejecutar Ley N.° 26859, Artículo 379, inciso a.
las actividades administrativas de la insti- Artículo 25°.- El Presupuesto del Registro
tución. Propone a la Alta Dirección la po- Nacional de Identificación y Estado Civil
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lítica en la administración de los recursos es presentado por el Jurado Nacional de
humanos, financieros y materiales. Elecciones al Poder Ejecutivo como un pro-
Artículo 22°.- La Gerencia de Presupues- grama separado dentro del pliego corres-
to se encarga de coordinar y conducir los pondiente al Sistema Electoral. El Jurado
sistemas de presupuesto y racionalización. Nacional de Elecciones sustenta el presu-
Establece y evalúa la ejecución presupues- puesto ante dicha instancia y ante el Con-
tal y conduce la racionalización de la orga- greso de la República.
nización. La titularidad del pliego presupuestal del
Artículo 23°.- La Oficina General de Control Sistema Electoral es ejercida colegiada- LORENIEC
Interno estará a cargo de fiscalizar la ges- mente por el jefe del Registro Nacional de
tión administrativa de los funcionarios del Identificación y Estado Civil, el presidente del
Registro Nacional de Identificación y Estado Jurado Nacional de Elecciones y el jefe de
Civil y supervigilar el desempeño adminis- la Oficina Nacional de Procesos Electorales,
trativo para asegurar el estricto cumpli- con las atribuciones y responsabilidades de
miento de la normatividad vigente. ley, sin perjuicio de las que le corresponda 95
como jefe de Programa Presupuestal.
TÍTULO IV CONCORDANCIA:
RÉGIMEN ECONÓMICO Ley N.° 26859, Artículo 370 y 371.
Artículo 24°.- Los recursos del Registro Na- Ley N.° 26486, Artículo 40.
Ley N.° 26487, Artículo 30.
cional de Identificación y Estado Civil están
constituidos por: TÍTULO V
a) Ingresos propios, en especial los que DOCUMENTO NACIONAL DE
se recaudan por conceptos de la emi- IDENTIDAD (DNI)
sión de constancias de inscripción de
los actos de su competencia y los que Artículo 26°.- El Documento Nacional de
se recaudan por concepto de los servi- Identidad (DNI) es un documento público,
cios que presta el Registro; personal e intransferible. Constituye la úni-
b) Las asignaciones que se le confiere ca cédula de Identidad Personal para todos
los actos civiles, comerciales, administra-
mediante la Ley General de Presupues- tivos, judiciales y, en general, para todos
to de la República dentro del pliego co- aquellos casos en que, por mandato legal,
rrespondiente al Sistema Electoral; deba ser presentado. Constituye también el
c) Los aportes, asignaciones, legados, único título de derecho al sufragio de la per-
donaciones, transferencias y subven- sona a cuyo favor ha sido otorgado.
ciones y cualquier otro acto de libe- CONCORDANCIAS:
ralidad en dinero o en especies que le Constitución Política del Perú, Artículo 30.
otorguen personas naturales o jurídi- Ley N.° 26859, artículos 7 y 224.

