Page 93 - COMPENDIO DE LEGISLACIÓN ELECTORAL 2020 - JNE
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LEY N.° 26497 - LEY ORGÁNICA DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL

          c)   Instituto Nacional de Bienestar Fami-  Nacional de la Magistratura. Ejerce el cargo
              liar;                         por un período renovable de cuatro (4) años,
          d)  Consulados del Perú;          conforme al artículo 183 de la Constitución
                                            Política del Perú.
          e)   Comunidades  campesinas  y  nativas
              reconocidas;                  El desempeño del cargo es incompatible con
                                            cualquier  otra  función  pública,  excepto  la
          f)   Centros  de  salud  públicos  o  privados   docencia a tiempo parcial. Están impedidos
              que intervienen en el proceso de certi-  de ser nombrados jefe del Registro Nacional
              ficación de nacimientos o defunciones;  de  Identificación  y  Estado  Civil  los  candi-
          g)  Agencias municipales autorizadas;  datos a cargo de elección popular, los can-
          h)  Poder Judicial;               didatos  que  desempeñan  cargos  directivos
                                            con carácter nacional en las organizaciones
          i)   Cualquier otra dependencia, instancia   políticas o que los han desempeñado en los
              o  entidad,  pública  o  privada,  cuando   cuatro (4) años anteriores a su postulación.
              ello fuese necesario.         La renovación en el cargo del jefe del Regis-
                                            tro Nacional de Identificación y Estado Civil
                     TÍTULO III             se efectuará previa ratificación por el Conse-  LORENIEC
               ESTRUCTURA ORGÁNICA          jo Nacional de la Magistratura.
          Artículo 9°.- La estructura orgánica del Re-  En caso de que el titular no sea ratificado, no
          gistro  Nacional  de  Identificación  y  Estado   podrá postular nuevamente para acceder al
          Civil es la siguiente:            cargo.
                                            Texto modificado por el Artículo Único de la Ley N.º
          a)   Alta Dirección COPIA                                           93
                                            29587, publicada el 28-09-2010.
              •   Jefatura Nacional         CONCORDANCIA:
              •   Consejo Consultivo        Constitución Política del Perú, Artículo 183.
              •   Gerencia General          Artículo 11°.- El jefe del Registro Nacional
          b)  Órganos de Línea              de Identificación y Estado Civil es la máxi-
              •   Oficina central           ma autoridad de dicho organismo, ejerce su
                                            representación  legal  y  es  el  encargado  de
              •   Oficinas registrales      dirigir  y  controlar  la  institución.  Ejerce  en
          c)   Órganos de Asesoramiento     forma colegiada, con el presidente del Ju-
              •   Gerencia de informática,   rado Nacional de Elecciones y el jefe de la
                 estadística y planificación  Oficina Nacional de Procesos Electorales la
              •   Gerencia de asesoría jurídica  titularidad del pliego presupuestal del Sis-
                                            tema Electoral.
          d)  Órganos de Apoyo              Se encarga de designar las oficinas regis-
              •   Gerencia de administración  trales en todo el país. Está autorizado para
              •   Gerencia de presupuesto   efectuar  las  modificaciones  convenien-
          e)   Órganos de Control           tes para un mejor servicio a la población,
                                            creando  o  suprimiendo  las  dependencias
              •   Oficina General de Control Interno  que fueren necesarias.
          Artículo 10°.- El jefe del Registro Nacional   CONCORDANCIAS:
          de Identificación y Estado Civil es nombrado   Constitución Política del Perú, Artículo 177.
          mediante concurso público por el Consejo   Ley N.° 26859, Artículo 369.
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