Page 128 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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Método de Interpretación Conforme                              109


               particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen
               actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos en los térmi-
               nos de esta fracción, y cuyas funciones estén determinadas por una norma
               general.
               Vemos que se extiende a todos quienes ostenten el cargo de auto-
            ridad, sea por nombramiento legal, sea porque hagan actos como si
            fuera autoridad; ejemplo de lo primero lo podemos ver con los policías
            de tránsito, que son designados bajo el procedimiento correspondien-
            te y pertenecen a una institución pública; ejemplo de los segundos,
            podemos poner el caso de los guardias de seguridad, que no son auto-
            ridad pública propiamente tal, pero que en su actuar violatorio a los
            derechos humanos pueden ser considerados como si fueran autoridad,
            cuando cuidan a alguna dependencia pública.
               También tendremos presentes los principios de derechos humanos
            desglosados en este párrafo tercero del artículo 1° constitucional, que
            desglosamos a continuación :
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              •  Son universales: esto, porque son aplicables a todas las perso-
                  nas sin distinción alguna. No importa la raza, el color, el sexo,
                  el origen étnico o social, la religión, el idioma, la nacionalidad,
                  la edad, la orientación sexual, la discapacidad o cualquier otra
                  característica distintiva pues estos derechos son de y para todas
                  y todos. Esta característica también se refiere a que son derechos
                  aceptados por todos los Estados.
              •  Son inalienables: a nadie pueden cancelársele o destituírsele y,
                  al mismo tiempo, nadie puede renunciar a ellos, puesto que son
                  inherentes a las personas.
              •  Son indivisibles e interdependientes: esto es, los derechos huma-
                  nos están relacionados entre sí de tal forma que para ejercer ple-
                  namente determinado derecho será necesaria la intervención de
                  otro u otros. Por ejemplo, para ejercer el derecho a la educación
                  es necesario acceder también al derecho a la salud y al derecho
                  a la alimentación. En este mismo sentido, la violación de uno de
                  ellos puede afectar directa o indirectamente el ejercicio de otro
                  u otros. Tal es el caso de la violación del derecho a un medio


            220   OACNUDH, 20 claves para conocer y comprender mejor los derechos humanos,
              México, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
              Humanos, 2011, pp. 7 y 8.
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