Page 23 - REVISION DEL CONTENIDO DEL BIEN JURIDICO HONOR - Ignacio Berdugo Gómez de la Torre
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               Luego el problema que plantea Sáinz Cantero es un
         problema de política legislativa, vinculado a la validez o no de un
         ordenamiento jurídico-penal. Pero, en el momento actual, no
         puede servir de argumento para negar que, por definición, en el
         marco del ordenamiento jurídico que corresponde a un Estado
         social y democrático de derecho, la imputación de conductas
         delictivas constituye los más graves ataques al honor, y que en
         consecuencia debe tener una incidencia negativa sobre las
                            COPIA
         posibilidades de participación de ese individuo en el sistema
         social.

               5.2. En cuanto al delito de injurias, el tipo básico, artículo
         457, se refiere a que la expresión proferida o la acción ejecutada
         deoe serlo en «deshonra, descrédito o menosprecio» de otra
         persona.
               En relación a la deshonra (43), que desde una perspectiva
         fáctica suele vincularse al honor subjetivo, no existen dificultades
         semánticas para entender que, aunque gramaticalmente sea
         susceptible de una interpretación más amplia, se refiere a la
         incidencia negativa sobre el honor, en cuanto emanación de la
         persona humana.
               Respecto a los otros dos términos, «descrédito» y
         «menosprecio», puede defenderse que hacen referencia a las
         expectativas de reconocimiento de las relaciones de participación
         del individuo en el sistema social. Con ello se enlaza con la
         interpretación tradicional de estos vocablos (44).


         (43) La jurisprudencia refiere normalmente la deshonra «al honor
             subjetivo o sentimiento de la propia estimación», por todas, Sts. 3-
             10-1980, 16-11-1979.
         (44) El Tribunal Supremo vincula normalmente el significado de
             «descrédito» y «menosprecio» al denominado honor objetivo, a la
             valoración de los restantes
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