Page 185 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                    y contundente, se traduce lamentablemente en la existencia de serias dificulta-
                    des para aplicar estas leyes y en alarmantes niveles de impunidad que colocan
                    a las mujeres latinoamericanas y caribeñas en situaciones de vulnerabilidad e
                    inseguridad (Declaración de los Mecanismos de la Mujer de América Latina


                    y el   Caribe, 2013: 2).

                   Esta   situación se agrava en México con el tráfico de influencias y una la-





                mentable corrupción institucionalizada,   in extenso. No se desea finalizar este
                                    copia
                excursus sin aludir al hecho conocido de que la violencia, genérica o política,
                adquiere     su paroxismo cuando de indígenas se trata.


                      II.   violencia Política-violencia contra las MuJeres




                Los autores no llegaban a dar una definición precisa o a ponerse de acuerdo
                sobre el concepto. Como ha escrito Blair Trujillo (2009: 10):
                    Desde las aproximaciones a la violencia asociada a la política y al poder, tra-



                    bajada   por politólogos y polemólogos, a la violencia como “mito” del origen,


                    trabajada por antropólogos en las fuentes de la antropología política, pasando
                    por corrientes psicológicas sobre las teorías de la agresión y por la crimino-




                    logía     e incluso por teorías psicoanalíticas, y hasta por la agresión animal…
                       Quizá porque —como lo señaló Jacques Sémelin— no existe una teoría
                    capaz de explicar todas las formas de violencia. Ella tiene numerosas caras,
                    fruto de procesos distintos. No podemos explicar con los mismos conceptos la
                    violencia del criminal, la de una masa en delirio y/o la de una agresión mi-

                    litar.   ¿Qué sentido tiene —se pregunta— una palabra cuya utilización es tan







                    extensiva? Es, efectivamente, la inflación de   su uso lo que se vuelve problema.
                    Por eso, concluye Sémelin: “a quien habla de violencia hay que preguntarle

                    siempre qué   entiende por ella”.

                   Genéricamente, se dirá, de acuerdo con Domenach et al. (1980), que la


                violencia política es “el   uso de la fuerza para apoderarse del poder o para


                desviarlo a fines ilícitos”, esto es, el uso de una fuerza abierta o escondida,
                con el objeto de obtener de un individuo o de un grupo eso que ellos no
                quieren consentir o asumir libre y abiertamente por ser ilícito. Es necesario
                señalar que el primer concepto positivado en una ley específica para com-
                batir la violencia política contra las mujeres es la Ley boliviana núm. 243
                contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres, publicada en la   Gaceta
                Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia el 28 de mayo de 2012. En esta Ley se
                define a la
                          violencia política de la siguiente manera:
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                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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