Page 146 - CUANDO LA CIUDADANIA TOMA LAS RIENDAS - DAVID PIEDRAS ESCINO
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SUP-RAP-92/2014
                                                                                                  Y ACUMULADOS


                                      en forma integral, el cual  no se le puede desconocer, porque

                                      constituye la forma más eficaz de maximizar la fuerza normativa

                                      del artículo 35, fracción II, de la Constitución Federal.




                                                                     MAGISTRADO


                                                        CONSTANCIO CARRASCO DAZA
                                                            copia
                                      VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA EL MAGISTRADO
                                      SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR, EN EL RECURSO DE

                                      APELACIÓN SUP-RAP-92/2014 Y SUS ACUMULADOS



                                      Con el debido respeto a la posición mayoritaria y con

                                      fundamento en lo dispuesto en el artículo 187 de la Ley

                                      Orgánica del Poder Judicial de la Federación, me aparto de la

                                      determinación de sobreseimiento del recurso interpuesto por el

                                      ciudadano Javier Corral Jurado en su carácter de Consejero del

                                      Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Nacional

                                      Electoral. No obstante estoy  a favor del sentido y las

                                      consideraciones de los recursos de apelación 95 y 96, mismos

                                      que se acumularon al recurso de apelación citado al rubro.



                                      Contrariamente a lo sostenido por la mayoría, en mi concepto,

                                      Javier Corral Jurado, en su carácter de consejero del Poder

                                      Legislativo sí cuenta con legitimación procesal activa para

                                      promover el recurso de apelación, en virtud de las siguientes

                                      razones:



                                      De conformidad con el artículo 41 y 99 de la Constitución


                                      Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral





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