Page 21 - CUANDO LA CIUDADANIA TOMA LAS RIENDAS - DAVID PIEDRAS ESCINO
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La pérdida del monopolio legal de los partidos de presentar can-
            didaturas se ha hecho bajo el supuesto de la crisis de representación
            política (Golosov 2003; Brancati 2008; Seawright 2012), el rechazo
            a los partidos por parte de la ciudadanía, con el argumento de que
            estos ya no la representan (Zavaleta 2014; Došek y Freidenberg 2014;
            Seawright 2012; Reiser y Holtmann 2008) —la cual manifiesta su des-
            contento mediante el voto nulo (Balerini 2015; Alanis 2015)— o por las
            denuncias de que no se puede creer en dichos institutos políticos (Gon-
                                 copia
            zález Oropeza y Rosario 2014; Astudillo 2015). Algunos trabajos ape-
            lan, además, a la desinstitucionalización de los sistemas de partidos y
            al pobre desempeño de los partidos políticos en relación con los resul-
            tados que ofrecen a los electores (Tanaka y Guibert 2011).
                Estos mecanismos de innovación ciudadana suponen nuevas for-
            mas de participación política, así como la ampliación de los derechos
            de la ciudadanía, dado que su impedimento restringe el derecho a
            ser votado (Astudillo 2015; Alanis 2015; González Oropeza y Rosario
            2014). En algunos casos, como el mexicano, la introducción de esta
            figura también fue de la mano del reconocimiento de ciertos derechos
            a partir de la interpretación que se realizó de la resolución de la Corte
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            Interamericana de Derechos Humanos (Corte idh).
                El éxito electoral reciente de varias candidaturas independientes
            en México o las consecuencias de los triunfos de los movimientos in-
            dependientes en Ecuador, Perú o Bolivia han vigorizado la dinámica de
            la competencia de los sistemas de partidos multinivel, pero, al mismo
            tiempo, han alertado a los partidos en lo relacionado con el impac-
            to de este tipo de mecanismos en sus estrategias, su manera de
            hacer campañas electorales y sus resultados. Su reconocimiento, in-
            cluso, puede ser un vehículo para estimular el cambio en un siste-
            ma de partidos que está dando signos de cansancio (Freidenberg y
            Suárez-Cao 2015), ampliar la oferta política (Carbonell 2012) y regene-
            rar el trabajo legislativo por la presencia de figuras sin ataduras parti-
            distas (Hernández 2014, 345).



            2   El caso Castañeda Gutman vs. México es un ejemplo, toda vez que en los párrafos 144 y 145
               de la sentencia se reconoce la obligación de los estados de garantizar el derecho político a
               ser votado, sin que haya sido establecido o decantado por un sistema electoral en específico
               (González Oropeza y Rosario 2014, 40).



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