Page 614 - LA CIENCIA POLÍTICA SOBRE AMÉRICA LATINA - FLAVIA FREIDENBERT
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                              La evaluación y promoción de las Ciencias Sociales en México... 605



            consideran a los investigadores mexicanos o extranjeros (o mexicanos
            residentes en el extranjero) que laboren de tiempo completo dentro de
            dependencias, entidades, instituciones de educación superior o centros
            de investigación de los organismos internacionales de los sectores pú-
            blico, privado o social, cuando antes el beneficio se extendía a personas
            que laboraban 20 horas semanales, esto es, al menos lo que se considera
            como medio tiempo (artículo 33).
               La segunda modificación importante se refiere al mecanismo de de-
                               copia
            signación de los miembros de las Comisiones Dictaminadoras y Re-
            visoras, que ahora recae en la responsabilidad principal del secretario
            ejecutivo del sni (quien a su vez es el director científico adjunto del
            conacyt), a partir de la consulta que se realizó con el Foro Consultivo
            Científico y Tecnológico.  Una vez realizada esta, presentará las re-
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            comendaciones al Consejo de Aprobación del propio sni (artículo 31,
            fracción I, en donde participarán 12 miembros (seis de la estructura
            del conacyt, que incluye a su director general, quien lo presidirá, y
            al director del sni) dos de la sep (Secretaría de Educación Pública),
            el coordinador general del Foro Consultivo Científico y Tecnológico,
            además de los tres miembros del sni, que forman parte de la mesa di-
            rectiva del Foro (artículo 6).
               Se modificó así el mecanismo previo, en donde era el propio sni
            el que convocaba a los investigadores del sistema para seleccionar a
            los dictaminadores, a partir de autopostulaciones surgidas desde los
            investigadores con nivel III o eméritos. Para el caso de los dictami-
            nadores el mandato es de tres años, mientras que solo lo será de uno
            para los integrantes de las Comisiones Revisoras (artículos 16 y 17),
            sin derecho a reelección inmediata. Serán 14 miembros en el caso de
            las primeras, y siete en el caso de las segundas, señalándose además
            que en dicha composición se responda a criterios de representatividad




            237   Para la designación de miembros de las comisiones correspondientes a 2013, el Foro
            emitió una convocatoria para el registro de aspirantes y procedió a realizar una votación
            en línea. En la práctica, el Foro absorbió el mecanismo de consulta directa a la comunidad,
            pero sin duda debe darse mayor claridad legal en este punto.





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