Page 265 - MUJERES EN LA POLITICA, EXPERIENCIAS NACIONALES Y SUBNACIONALES EN AMERICA LATINA - MARIANA CAMINOTTI FLAVIA FREIDENBERT
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                              Las cuotas de género y los tres filtros en su implementación: análisis… 273

               nivel de representación descriptiva de las mujeres en las Juntas Departa-
               mentales
                   En primer lugar, la legislación de cuotas de género en Paraguay se apli-
               ca sólo a la competencia intrapartidaria  De este modo, el porcentaje míni-
               mo (20%) y la regla de ubicación (una mujer cada cinco candidaturas) no
               son de cumplimiento obligatorio para las listas que los partidos presentan
               a la competencia general  Así, en las elecciones de 2008 y 2013 se encontra-
                                   copia
               ron listas con un porcentaje superior al 20%, lo cual puede ocurrir por el
               reparto proporcional de las ubicaciones entre las listas que participaron de
               la interna, y que sí deben cumplir con la legislación referente a las cuotas,
               o también por una decisión partidaria en la conformación de una lista de
               unidad
                   Ambas situaciones son factibles y aquí no es donde surge el problema
               Éste aparece en el hecho de que, al mismo tiempo que lo anterior, se iden-
               tificaron dos situaciones críticas con el filtro legal  Por un lado, casos donde
               el porcentaje de mujeres ha sido inferior al 20% (llegando incluso a 0)  Por
               otro, casos donde el mandato de posición aplicable en las listas internas no
               se respetó en las finales para la competencia por los cargos (hecho que se
               repitió en partidos con bajos, medios y elevados porcentajes de mujeres en
               la lista final)  Pese a todo ello, estos partidos, que han tenido listas con un
               por centaje de candidatas inferior al 20%, y que no han respetado el man-
               dato de posición original, han competido, normalmente, sin sanción algu-
               na en la elección general, ya que la legislación no lo contempla en esta
               instancia
                   En segundo lugar, el filtro partidario demuestra su impacto en la ubica-
               ción de las candidatas en las listas  Éste (que se fortalece en escenarios de
               mayor discrecionalidad como el de Paraguay, debido a la ausencia de cuotas
               legales para la lista final de candidatos) ha tenido un fuerte impacto en las
               Juntas Departamentales, ya que la tendencia ha sido la de ubicar a las mujeres
               en las posiciones menos competitivas, disminuyendo la probabilidad de que
               obtengan los cargos de representación
                   Finalmente, el filtro electoral estuvo estrechamente relacionado con el
               anterior  Si se tienen muchas candidatas distribuidas en posiciones poco
               competitivas, es probable que la mayoría no resulte elegida  En la práctica,
               esto se ratificó en las dos elecciones analizadas, en los diferentes departa-




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                        Instituto de Investigaciones Jurídicas, Instituto Electoral de la Ciudad de México
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