Page 110 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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Metodología Jurídica                                            91


               Nación, así como de los Tribunales Colegiados de Circuito, derivada de
               las sentencias dictadas a partir del cuatro de octubre de dos mil once, de
               los votos relacionados con éstas, de las tesis respectivas y de las diversas
               ejecutorias emitidas a partir de esa fecha, que expresamente acuerden los
               referidos órganos jurisdiccionales .
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               En el Acuerdo 12/2011, de 10 de octubre de 2011, el Pleno de la
            Suprema Corte de Justicia de la Nación, y bajo el mandato del en-
            tonces  Ministro  Presidente  Juan  Silva  Meza,  estipuló  el  inicio  de  la
            Décima Época del Semanario Judicial de la Federación, que hasta la
            fecha permanece , bajo el principio de respeto, garantía y promoción
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            de los derechos humanos.
               Para emitir una nueva época, los ministros toman en cuenta el con-
            texto, las leyes y los criterios jurídicos que los juzgadores utilizan para
            sus resoluciones, a fin de determinar si algunas tesis de jurisprudencia o
            aisladas han quedado rebasadas. la Décima Época fue motivada por la
            reforma constitucional del 10 de junio que indica para todas las auto-
            ridades la observancia obligatoria de los derechos humanos previstos
            en tratados internacionales firmados por México .
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            4.3.2. Aplicación del Derecho
            Este momento metodológico implica la aplicación e interpretación del
            Derecho.
               Para Rolando Tamayo, la aplicación del Derecho es una función
            regular del orden jurídico; a través de ella, los órganos aplicadores
            (tribunales, autoridades administrativas, etc.) en ejercicio de sus facul-
            tades, determinan que un cierto caso concreto del tipo definido en la
            norma general se ha presentado y como consecuencia de ello, efectúan
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            un acto por el cual actualizan las consecuencias previstas . En cambio,


            197   Acuerdo General 9/2011, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
              de 29 de agosto de 2011.
            198   AA. VV., Épocas de la jurisprudencia y tesis aisladas en México, México, CEDRS-
              SA, 2015, p. 13.
            199   Méndez, Alfredo, “Declara la SCJN el inicio de la décima época judicial en Mé-
              xico”, México, La Jornada, 06 de enero de 2012, p. 14, disponible en https://bit.
              ly/35g4NH0
            200   Tamayo y Salmorán, Rolando, et, al., Diccionario Jurídico Mexicano, México,
              Porrúa - UNAM, 1986, p. 184.
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