Page 316 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
P. 316
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
www.juridicas.unam.mx Libro completo en:
http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv https://goo.gl/5s3tec
314 INÉS CASTRO APREZA
En ese contexto, en el inicio del proceso electoral local, tanto el PRD
como el Partido Acción Nacional (PAN) demandaron infructuosamente la
elección al INE, debido a que se pensaba que la no concurren-
atracción de la
cia de las elecciones tendría un impacto negativo en algunos de los momentos
del proceso electoral local. Concretamente, sin profundizar en la inequidad
de las campañas y en la violación de la ley electoral por el Partido Verde Eco-
logista de México (PVEM), así como en el fraude electoral en la diputación
5
migrante ocurrido en el proceso electoral 2014-2015 de Chiapas, se referirá
copia
el tema de la paridad y cómo fue abordado por los actores políticos.
El proceso electoral local en el estado inició en octubre de 2014. El 15 de
junio de 2015, el
Consejo General del IEPC aprobó por unanimidad las listas
de las candidaturas presentadas por los 12 partidos y las candidaturas inde-
pendientes. En estas primeras listas —nombre que doy a aquellas que se con-
feccionaron y aprobaron previamente a la sentencia SUP-REC-294-2015 del
TEPJF— el PVEM presentó candidaturas en los 122 municipios; el Partido
Revolucionario Institucional (PRI), en 119; el Partido Movimiento de Reno-
vación Nacional (Morena), en 117; el Partido Acción Nacional (PAN), en 104;
el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en 99; Partido del Trabajo
(PT), en 70; el Partido Encuentro Social (PES), en 57; el partido Movimiento
Ciudadano (MC), en 54; el Partido Humanista (PH), en 48; el Partido Nueva
Alianza (Panal), en 37, y los candidatos independientes en 8.
Mientras tanto, la situación de los dos partidos de reciente creación y
cuyo registro aprobó el CG del IEPC en octubre de 2014 fue ésta: el Parti-
do Chiapas Unido (PCU) lo hizo en 121 y el Partido Mover a Chiapas, en
109. Lo anterior evidencia la presencia desigual de los partidos políticos
6
en la entidad.
5 La fuerte propaganda del PVEM en todo el estado de Chiapas, así como también en
la Ciudad de México y otros estados de la República mexicana, fue observada y criticada
por diferentes actores políticos. Hasta el mes de abril de 2015, el PVEM había acumulado
una multa que ascendía a 190 millones de pesos; los partidos políticos señalaron que a
l
propaganda no sólo se dirigía a la militancia, sino que era una propaganda genérica del ins-
tituto político que le daba ventajas indebidas en el contexto electoral, no sólo en el proceso
electoral federal sino también en los estados donde tenían lugar elecciones locales. El 29 de
abril de 2015, un conjunto de ciudadanos hicieron la petición formal al INE y al TEPJF
de decretar la pérdida y/o cancelación del registro del PVEM por contratación de spots en
TV de manera ilegal, así como contratación de espectaculares y propaganda fija “en miles
de espacios urbanos en todas las entidades del país”, compra ilegal de propaganda en cin-
país, entre otras razones.
eminutos en todo el
6 Estos últimos datos son sorprendentes para institutos políticos tan jóvenes. En la opi-
nión pública local, a estos dos últimos partidos se los reconoce como “cercanos” al gobierno
del estado encabezado por Manuel Velasco Coello, del PVEM, y se les ve como partidos que
“orbitan” alrededor del gobernador (Mariscal, 2015).
DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
Tribunal Electoral de la Ciudad de México