Page 320 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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en 44 municipios, lo que fue seguramente una negociación política benéfica
para ambos, pero cuyas características no fueron del dominio público.
En la gráfica siguiente se muestran los cambios en el número de candi-
datas de las listas presentadas por los partidos políticos antes y después de la
sentencia de la Sala Superior del TEPJF.
gráFica 12
MuJeres canDiDatas en los PartiDos Políticos
copia
y
antes DesPués De la sentencia SUP-REC-294-2015
Fuente: Elaboración propia, 2015/Red Chiapas por la Paridad Efectiva.
Los conflictos en los partidos políticos siguieron después de la jornada
electoral, cuando el 15 de septiembre del 2015 el Consejo General del IEPC
aprobó el acuerdo IEPC-CG/A-099/2015, mediante el cual se asignaron
los cargos de elección popular a los que tenían derecho los partidos políti-
cos, así como los candidatos independientes en el proceso electoral local.
Al respecto, el cuadro de la siguiente página muestra el número de sen-
tencias del Teech relacionadas con impugnaciones a dicho acuerdo, casos
de violencia política contra las mujeres y problemas generales de los parti-
dos. Estos últimos problemas se refieren a conflictos en la elección de cargos
directivos, el
desempeño de diputados, la designación de las candidaturas,
entre otros. Uno de los casos más llamativos referido a la confección de las
primeras listas es el de Flor del Rosario Cruz Magdaleno, quien fuera la pri-
12 Las coaliciones antes y después de a sentencia se computaron a un solo partido políti-
l
co. La coalición PT-MC (una candidata) se computó al MC. La coalición PVEM-Panal (43
candidatas) se computó al PVEM. El resto de las coaliciones antes y después de la sentencia
no presentaron candidatas.
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Tribunal Electoral de la Ciudad de México