Page 33 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                               LA VIOLENCIA POLÍTICA HACIA LAS MUJERES...        19

                de Piscopo (en este libro) tiene una visión más minimalista del fenómeno, y
                alerta sobre el hecho de querer ver violencia política contra las mujeres en



                todas las manifestaciones de   violencia y en todas las formas de hacer política
                que   hay en las sociedades latinoamericanas.
                   Los actos que suponen acoso y/o violencia son situaciones de invisibi-
                lidad, descrédito o generación de culpa: el usar el pronombre masculino en
                documentos oficiales, realizar comentarios despectivos sobre sus capacida-
                des por el hecho de ser mujer, no escuchar sus ideas, no prestar atención si
                                    copia
                da un discurso o hablar cuando lo hace ella, hacer chistes, chismes o comen-
                tarios misóginos que parecen inocentes, o hacerle sentir culpa por no estar
                ejerciendo su rol de                         28
                                 madre o cuidando a su familia.
                   Desde esos actos, que parecen inofensivos, hasta otros como, por ejem-
                plo, mentir sobre la ubicación y hora de reuniones importantes, no facili-
                tarles los recursos para el desempeño de sus cargos, acosarlas sexualmente,
                obligarlas a tener comportamientos de sumisión, no facilitarle acceso a la
                información relevante, ejercer agresiones físicas sobre su persona, atentar
                        vida de sus colaboradores y/o familiares, entre otras.
                contra la                                              29
                   Finalmente, Alanís Figueroa (en este libro) realiza un esfuerzo de defini-




                ción,   que es el que se asume en esta investigación, al explicar que



                    la violencia política hacia las mujeres comprende todas aquellas acciones y



                                     l

                    omisiones (incluida     a tolerancia) que, basadas en elementos de género y da-
                    das en el marco del ejercicio de derechos político-electorales, tengan por ob-
                    jeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de
                                        d


                    los derechos políticos o     e las prerrogativas inherentes a un cargo público.
                   Los espacios donde puede darse la violencia son esferas múltiples: po-
                lítica, económica, social, cultural, civil; dentro de la familia o unidad domés-
                tica o en cualquier relación interpersonal, en la comunidad, en un partido
                  28     Una forma de manifestarse la violencia a nivel local es a través de la distribución de
                panfletos, atacando a las mujeres públicas. En su investigación sobre las presidentas muni-

                cipales en Tlaxcala, Vázquez García (2011: 152)   encontró que los dos grandes temas de los
                panfletos eran: 1) el incumplimiento de papeles tradicionales de género, como hija, madre o


                esposa   y 2) la falta de honestidad y el interés por el dinero más que por servir al pueblo.







                  29     La OEA, en su Declaración sobre la Violencia y el Acoso Políticos contra las Mujeres
                (2015), también propone una definición: “Que tanto la violencia, como el acoso político
                contra las mujeres, pueden incluir cualquier acción, conducta u omisión entre otros, basada
                en su género, de forma individual o grupal, que tenga por objeto o por resultado menosca-
                bar, anular, impedir, obstaculizar o restringir sus derechos políticos, conculca el derecho de
                las mujeres a una vida libre de violencia y el derecho a participar en los asuntos políticos y
                públicos en condiciones de   igualdad con los hombres” (CIM/OEA, 2015: 2).



                    DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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