Page 38 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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mar las “medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mu-
jer en la vida política y pública del país”, (ii) el acceso igualitario de la mujer
a las funciones públicas, y (iii) la participación de la mujer, en condiciones
de igualdad, en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones. 33
Finalmente, la CIM/OEA ha establecido recientemente el primer
acuerdo regional en la materia a través de la aprobación en 2015 de la De-
claración sobre la Violencia y el Acoso Políticos contra las Mujeres, en la
cual los países firmantes declararon la necesidad de “impulsar la adopción,
copia
cuando corresponda, de normas […] para la prevención, atención, protec-
ción, erradicación de la violencia y el acoso político contra las mujeres, que
permitan la adecuada sanción y reparación de estos actos, en los ámbitos
administrativo, penal y electoral”. 34
El esfuerzo internacional ha impulsado el desarrollo de una ciudadanía
democrática en América Latina, abriendo espacios para concientizar sobre
la violencia contra la mujer a un público que está en proceso de involucrarse
con una variedad de temas de justicia social y colaborar en múltiples frentes
(Cole y Phillips, 2008: 145). Estos impulsos multilaterales han contribuido
a “desnormalizar” la violencia de género y a revitalizar las cuestiones femi-
nistas como parte de una dinámica agenda que busca construir sociedades
progresistas.
2. Los esfuerzos nacionales para legislar sobre la violencia
política contra las mujeres
Las iniciativas contra el acoso y/o violencia política hacia las mujeres
difieren en su conceptualización; respecto a la identificación de cuáles son
las prácticas que sufren las mujeres en el ejercicio de sus derechos político-
electorales; en relación a quiénes pueden denunciar; cuáles son las respon-
sabilidades de los partidos frente a los actos de sus militantes; cuáles son las
instituciones que deberían tener competencia en la sanción del delito, y el
tipo de
sanciones que debe darse frente a este tipo de delitos.
33 Estas ideas se volvieron a plasmar en la reciente VI Conferencia de Estados Parte de
l
a
Convención de Belém do Pará —en donde se firmó la Declaración sobre la Violencia y el
Acoso Políticos contra las Mujeres—, celebrada en Lima, Perú, el 15 y 16 de octubre de 2015.
34 La CIM/OEA ha elaborado una propuesta de Ley Modelo Interamericana sobre Vio-
lencia Política contra las Mujeres (2016) que se encuentra en proceso de discusión con el
objeto de esclarecer el debate sobre la conceptualización del acoso y/o violencia política en
razón de género, así como promover que los países adopten leyes específicas al respecto.
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