Page 159 - LOS SISTEMAS DE PARTIDOS EN AMERICA LATINA-CONO SUR Y PAISES ANDINOS- TOMO 2 - FLAVIA FREIDENBERT
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              146                      TOMáš DOšEK

                  Desde 2005, la reforma más importante ha tenido que ver con la
              participación electoral. La legislación estipulaba que la inscripción
              en los padrones electorales era voluntaria y dependía de los ciudada-
              nos (véase el apartado IV.1). Asimismo, el voto era obligatorio (para
              los que estaban registrados en los padrones). Bajo esta combinación,
              había un creciente sector de la población (sobre todo entre los jóve-
              nes) que no ingresaba en los padrones. La reforma de 2012 invirtió
              el sistema al hacer automática la incorporación en los padrones elec-
                                 copia
              torales y, al mismo tiempo, voluntario el voto. La repercusión en la
              participación electoral se evidenció en las elecciones municipales del
              mismo año (superó sólo levemente el 40%) y también en las elecciones
              generales de 2013 (que no llegó al 50%) (gráfico 1).
                  Durante el segundo gobierno de Bachelet (2014-2018), se ha co-
              menzado a debatir nuevamente la posible reforma del sistema electo-
              ral hacia un sistema más proporcional con magnitudes de los distritos
              entre tres y ocho diputados y de las circunscripciones entre dos y siete
              senadores (Morales et al., 2014). Así, el número de integrantes de la
              Cámara Baja se elevaría a 155 y del Senado a 50 (Cádiz y álvarez,
              2014).  Finalmente, se aprobó la mayoría de estas propuestas, intro-
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              duciendo un sistemas proporcional con la fórmula D’Hondt. Para las
              elecciones generales de 2017 se elegirán los diputados en 28 distritos,
              de tres a ocho escaños cada uno, conformando los 155 diputados. Por
              su parte, los senadores se elegirán en 15 circunscripciones, de magni-
              tud entre dos y cinco, sumando los 50 integrantes de la Cámara Alta.
                                                                           24
                  En el nivel subnacional, se había introducido de cara a las elec-
              ciones de 2013 la elección directa de los consejeros regionales (Emol,
              2013)  (de  manera  concurrente  con  las  elecciones  generales)  y  una
              nueva reforma de la legislación electoral está considerando la elec-
              ción popular de los intendentes regionales y la posibilidad de partidos
              regionales (Emol, 2014; Navarrete, 2014).


                 23    Véase más detalles sobre la evaluación de las reformas propuestas y sus alter-
              nativas en Morales y Navia (2014), Morales et al. (2014) o Altman (2014). Asimismo,
              la opinión pública (según los datos de la Auditoría a la Democracia recabados por el
              CEP) estaba más bien a favor de cambiar en lo esencial el sistema electoral, con una
              baja en el porcentaje de personas que opinaban que éste debía mantenerse y aumen-
              to de personas que no tenían opinión al respecto entre 2010 y 2012.
                 24    La  misma  reforma  incorporó  también  una  cuota  de  género  de  40%  cuya
              aplicación se extenderá entre 2017 y 2029, incentivos económicos para las mujeres
              candidatas electas y relajó los requisitos para crear partidos políticos (Došek y Mi-
              randa, 2015).



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                                  Instituto de Investigaciones Jurídicas
                                     Instituto Nacional Electoral
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