Page 156 - LOS SISTEMAS DE PARTIDOS EN AMERICA LATINA-CONO SUR Y PAISES ANDINOS- TOMO 2 - FLAVIA FREIDENBERT
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                             CAMBIOS Y CONTINUIDADES EN EL SISTEMA...        143

                  se aprobaron sólo después del referéndum de 1988, donde los ciudada-
                  nos rechazaron la continuidad de Pinochet en el poder (Pastor, 2004).
                     El  diseño  del  sistema  electoral  binominal  para  el  Poder  Legis-
                  lativo fue aprobado en mayo 1989 a través de una de las “leyes de
                  amarre” (Ley 18799), que modificaba la Ley Constitucional sobre Vo-
                  taciones Populares y Escrutinios (18700) y la Ley Constitucional de
                  Partidos Políticos (18603). Esta reforma introducía la magnitud de dos
                  representantes por cada distrito (para la Cámara de Diputados) y cada
                                 copia
                  circunscripción (para el Senado) combinada con la aplicación de la
                  fórmula D’Hondt para asignar los escaños.  Las listas electorales ce-
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                  rradas y desbloqueadas debían contener dos candidatos para cada
                  unidad electoral. Dada la magnitud de dos, se preveían 60 distritos
                  para la elección de diputados con un mandato de cuatro años y 19
                  circunscripciones para elegir 38 senadores  con un periodo de fun-
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                  ción de ocho años y la alternancia de la mitad de la cámara alta cada
                  cuatro años. 16
                     El funcionamiento establecía umbrales efectivos muy altos. Aun-
                  que teóricamente el umbral sería del 33.4%, un porcentaje de vo-
                  tos  que  garantiza  uno  de  los  dos  escaños;  en  realidad,  ese  umbral
                  es un poco más bajo debido a la presencia de terceros partidos en
                  la competencia (Altman, 2006). Para obtener los dos escaños en un
                  distrito es necesario obtener el doble de los votos que el segundo par-
                  tido (coalición).  Esto en realidad sucede relativamente poco, dada
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                  la dificultad de alcanzar ese porcentaje, y genera una serie de conse-
                  cuencias sobre la competencia (además de los fuertes incentivos para
                  aglutinarse en dos coaliciones grandes).

                    14    La clasificación del sistema binominal chileno ha estado siempre en discusión.
                  De acuerdo a algunos especialistas se trata de un sistema proporcional (Boeninger,
                  2009; Huneeus, 2005), según otros es un sistema mayoritario (Ensalaco, 1994) y toda-
                  vía otros autores lo consideran de tipo sui generis (Rahat y Sznajder, 1998; Nogueira,
                  2008; Cumplido, 2006), cuyos resultados son hasta cierta medida arbitrarios. Por
                  último, una clasificación doble entendería el sistema binominal como mayoritario
                  cuando la coalición ganadora logra el “doblaje”; caso contrario se consideraría como
                  proporcional (Navia y Sandoval, 1998).
                    15    El número de senadores fue aumentando como parte de las reformas negocia-
                  das por las élites concertacionistas y aprobadas en el referéndum de 1989. Seis regiones
                  fueron divididos en dos y, consecuentemente, el número total de senadores se aumentó
                  en 12.
                    16    Sólo en las primeras elecciones al Senado en 1989, los senadores en las regio-
                  nes (circunscripciones) impares fueron elegidos por medio periodo de cuatro años.
                    17    En el lenguaje coloquial, ésta situación se llama “doblaje”.



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                                     Instituto Nacional Electoral
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