Page 95 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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En 1958, mediante la publicación del Journal of Law and Econo-
mics, la escuela entra en una nueva fase, consolidándose como una
disciplina independiente en el mundo intelectual. En la década de 1960
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destacan dos artículos, el primero de Guido Calabresi y el segundo
de Ronald Coase (titulado “The problem of social cost” ), el cual
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influyó significativamente en la forma de abordar el estudio de la ley
desde una perspectiva económica . Uno de sus objetivos centrales fue
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corregir la manera en que los economistas establecen recomendaciones
de política.
En la década de 1970, el movimiento de Law and Economics
se consolida definitivamente. Un grupo de académicos de diversas
facultades de derecho de Estados Unidos comienza a hacer uso de
la economía en sus estudios de la ley. Richard Posner es uno de los
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representantes más importantes de este periodo .
De forma paralela se realizaban estudios de las instituciones desde
una perspectiva económica. Motivado por la escasa capacidad predic-
tiva de los modelos tradicionales respecto del comportamiento de los
gobiernos, los burócratas y los políticos, un grupo de economistas co-
menzó a estudiar estos agentes desde un enfoque económico, creando
lo que se ha denominado la Escuela de las Decisiones Públicas (Public
Choice School) . Esta escuela consideraba que el comportamiento de
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los gobiernos estaba sujeto a las mismas fuerzas que regulaban los
171 Calabresi, Guido, “Some Thoughts on Risk Distribution and the Law of Torts”,
Yale Law Journal, vol. 70, 1967. Planteaba que una ley de accidentes debía buscar
“minimizar la suma de los costos del accidente y los costos de prevenir accidentes”.
En su opinión, los costos de los accidentes podían minimizarse si la parte que podía
evitarlos al menor costo era responsable de la pérdida total que se derivase de dichos
accidentes.
172 Coase, Ronald H., “The Problem of Social Cost”, Journal of Law and Economics,
vol. III, 1960 (octubre).
173 Sostenía que los economistas tendían a recomendar la intervención del gobierno en
todos aquellos casos que el mercado se apartaba de un ambiente competitivo, olvi-
dando que el gobierno no podía ser considerado una fuerza correctiva libre de costos.
174 Posner demostró que los conceptos económicos pueden ser utilizados en el aná-
lisis de todas las áreas del derecho: leyes de contratos, criminales, constitucionales,
comerciales, administrativas y procesales. Este tipo de análisis intenta explicar la
naturaleza de las doctrinas legales usando el concepto de eficiencia económica. Véase
Posner, Richard A. op. cit.
175 Son pioneros de esta escuela: Downs, Anthony, An Economic Theory of Democracy
(1957), y Buchanan, James y Tullock, Gordon, The Calculus of Consent (1962).