Page 98 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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Metodología Jurídica                                            79


            de la norma jurídica creada -posterior a su entrada en vigor-, todos
            como elementos relacionados con la técnica legislativa.
               Lo anterior considera una serie de pasos, que desglosamos breve-
            mente:
              •  Análisis previo: este proceso implica una etapa previa, relacio-
                  nada con considerar los efectos de la futura intervención nor-
                  mativa, si estos fuesen positivos, lo que incluye un análisis de
                  su viabilidad, lo que implica un examen a priori de la realidad
                  de hechos destinados a investigar la necesidad y la utilidad de
                  la adopción de una determinada norma jurídica, para ver si se
                  envía o no tal iniciativa.
               Una vez ocurrido lo anterior, se pasa a la etapa del procedimiento,
            con lo que implica la etapa de formación de una ley, conforme a las
            reglas establecidas por la Constitución, específicamente sus artículos
            71 y 72.
              •  Iniciativa: esta etapa responde a la presentación del proyecto de
                  ley respectivo. Se indica en el artículo 71 constitucional:
               Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:
               I. Al Presidente de la República;
               II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión;
               III. A las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México; y
               IV. A los ciudadanos  en un número equivalente, por lo menos, al cero
               punto trece por ciento de la lista nominal de electores, en los términos que
               señalen las leyes.
                  El artículo 73 constitucional señala cuáles son las materias en las
                  cuales el Congreso de la Unión tiene iniciativa exclusiva.
                  Respecto de su contenido, debe incluir la exposición de motivos,
                  en el que se plasma el análisis previo, y debe informar acerca
                  de las causas y consideraciones políticas, sociales, económicas
                  o estrictamente jurídicas, que mueven al autor de la iniciativa a
                  proponer una medida legislativa y justificarla como la solución
                  más adecuada para una necesidad social determinada .
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                  También incluirá su ámbito espacial de validez, es decir, el lugar
                  en donde se aplicará; así, una norma federal, general o nacional
                  tendrá vigencia en todo el territorio de la República Mexicana;


            178   Witker, Jorge y Larios, Rogelio, Metodología Jurídica, op. cit., p. 230.
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