Page 103 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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y apruebe, no podrá ser superior a la inflación del ejercicio que concluye,
de conformidad con los datos que publique la autoridad competente;
n. Autorizar las salidas oficiales del territorio nacional de la persona titular
de la Jefatura de Gobierno, quien deberá informar y hacer públicas las
actividades realizadas, en un periodo no mayor a quince días naturales
posteriores a su regreso al país;
o. Aprobar e integrar a solicitud de una cuarta parte de sus miembros, co-
misiones para investigar el funcionamiento y la gestión de las dependencias
y entidades de la administración pública o los organismos constitucionales
autónomos. Las comisiones podrán realizar audiencias y comparecencias
en los términos que establezca la ley. Sus resultados serán públicos;
p. Elaborar un sistema de evaluación de resultados de su trabajo legisla-
tivo, así como su impacto en la sociedad. Dicho sistema deberá presentar
sus resultados anualmente, los cuales deberán ser difundidos bajo los prin-
cipios de transparencia y rendición de cuentas;
q. Promover la conformación del Parlamento Metropolitano; y
r. Las demás que establezcan esta Constitución y las leyes.
El ejercicio de las labores de los legisladores de la Ciudad de México
debe regirse bajo los mecanismos de rendición de cuentas, como señala
el artículo 29.A.4 de la Constitución local: “El Congreso de la Ciudad
de México se regirá por los principios de parlamento abierto. Las di-
putadas y diputados establecerán mecanismos de audiencia y rendición
de cuentas que garanticen su responsabilidad frente al electorado”.
4.3.1.2. Técnica Jurisprudencial
Definimos a la técnica jurisprudencial como “la actividad de los jueces
magistrados en la aplicación del Derecho” .
188
Tomando en cuenta las prevenciones que hace la jurista mexicana
Carla Huerta Ochoa, diremos que, al existir también formas de inter-
pretación especiales que hace el juzgador , al momento de resolver
189
el caso concreto, agregaremos que entendemos como técnica jurispru-
dencial a “la manera en que el juzgador dicta su resolución, tomando
188 “Técnica jurisprudencia”, en Enciclopedia Jurídica Online, disponible en https://
bit.ly/3hkltjK
189 Huerta Ochoa, Carla, “La jurisprudencia como técnica”, Boletín Mexicano de
Derecho Comparado, Nueva Serie, Año XXXII, Núm. 95, México, UNAM, 1999
(mayo-agosto), pp. 397-399.