Page 240 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
P. 240

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
          www.juridicas.unam.mx                                              Libro completo en:
          http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv                               https://goo.gl/5s3tec



                236               MARÍA DEL CARMEN ALANÍS FIGUEROA

                   En consecuencia, se vinculó al instituto electoral local y a quienes inte-
                graban la comunidad a que en el transcurso de la elección extraordinaria

                se   llevaran a cabo
                    …todas las actuaciones necesarias para garantizar la observancia de los prin-
                    cipios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y, es-
                    pecialmente, la participación de las mujeres y los hombres en condiciones de
                    igualdad, además que   deberán informar a los integrantes de esa comunidad


                            etcétera. copia
                    respecto de los derechos de votar y ser votadas de las mujeres, a fin de pro-
                    piciar condiciones de igualdad sustantiva en el desarrollo de la elección de
                    concejales.
                2.   Cuando la violencia tiene un impacto diferenciado en las mujeres





                  o     es afecta desproporcionadamente

                   l
                   Este elemento se hace cargo de los hechos que afectan a las mujeres de
                manera diferente, o en mayor proporción que a los hombres, o bien de aque-


                llos hechos cuyas consecuencias se   agravan ante su condición de mujer. En

                ello se habrá que tomar en cuenta las afectaciones que un acto de violencia


                puede   generar en el proyecto de vida de las mujeres.

                   El cuerpo de las mujeres, su “sexualización social” y su capacidad bio-
                lógica para la procreación son aspectos que las colocan en una situación de



                vulnerabilidad   distinta que a los hombres. Así, las mujeres corren mayor

                riesgo de sufrir agresiones sexuales —con las graves implicaciones que ello
                envuelve— y, por tanto, de vivir embarazos no deseados, infertilidad, en-
                fermedades de transmisión sexual, estigmatización, exclusión, afectaciones
                psicológicas,
                   Resulta muy importante no perder de vista la significación de la violen-
                cia a través de los cuerpos de las mujeres. En el   caso de la Masacre de las Dos
                Erres (2009) que tuvo lugar en Guatemala, las mujeres embarazadas fueron
                golpeadas en el vientre hasta provocarles un aborto. Evidentemente, este
                acto, además de dañar, de manera irreversible, el proyecto de vida de las mu-

                jeres,   iba dirigido también a sus parejas y a su perpetuación.



                   Tal y como lo ha reconocido la CIDH, la desnudez forzada, asimismo,


                tiene   un impacto diferenciado en las mujeres. Vale recordar el caso peruano

                en donde la intervención violenta al penal Castro Castro se hizo en el día
                de las madres (día, evidentemente, de visita en el penal), lo cual generó un
                importante impacto   simbólico.
                    DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
   235   236   237   238   239   240   241   242   243   244   245