Page 244 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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240 MARÍA DEL CARMEN ALANÍS FIGUEROA
— Modificar patrones socioculturales de conducta de hombres y muje-
res, con miras a contrarrestar y eliminar los prejuicios y las prácticas
consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la
idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o
en funciones estereotipadas de hombres y mujeres.
— Concretamente, las mujeres tienen derecho a un acceso igual en las
funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos,
incluyendo la toma de decisiones (Convención sobre los Derechos
copia
Políticos de la Mujer, artículos I y II). Por ello, los Estados deberán
tomar todas las “medidas apropiadas para eliminar la discrimina-
ción contra la mujer en la vida política y pública del país y… garan-
tizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el
derecho a… ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros
sean objeto de elecciones públicas” (CEDAW, artículo 7o., inciso a).
Todo ello, en condiciones de igualdad y en contextos libres de vio-
lencia.
Por último, se destacarán las obligaciones que la CIDH determinó cuan-
do resolvió el caso Campo Algodonero vs. México (2009):
— Adoptar medidas integrales para cumplir con el deber de debida
diligencia en los casos de violencia contra las mujeres.
— Contar con un marco jurídico de protección adecuado, con una
aplicación efectiva del mismo y con políticas de prevención y prác-
ticas que permitan actuar de una manera eficaz ante las denuncias.
— La estrategia de prevención debe ser integral, es decir, tiene que pre-
venir los factores de riesgo y, a su vez, fortalecer a las instituciones
para que puedan proporcionar una respuesta efectiva.
— Diseñar medidas preventivas en casos específicos en los que es evi-
dente que determinadas mujeres y niñas pueden ser víctimas de
violencia.
Sin duda, la acción y reacción de las autoridades frente a la violencia
política es fundamental. Lo más importante es prevenirla, y cuando la pre-
vención ya no fue posible, evitar —a toda costa— la impunidad, que, de
acuerdo con la CIDH, “envía el mensaje de que la violencia contra la mujer
es tolerada, lo
que favorece su perpetuación y la aceptación social del fenó-
meno, el sentimiento y la sensación de inseguridad en las mujeres, así como
una persistente desconfianza de éstas en el sistema de administración de jus-
ticia” (caso Campo Algodonero vs. México, 2009).
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Tribunal Electoral de la Ciudad de México

