Page 241 - CUANDO HACER POLITICA TE CUESTA LA VIDA - FLAVIA FREIDENBERT Y GABRIELA DEL VALLE PÉREZ
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Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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                      VIOLENCIA POLÍTICA HACIA LAS MUJERES. RESPUESTA DEL ESTADO...  237

                   Otro ejemplo posible tiene que ver con la diferencia entre hombres y
                mujeres respecto a la violencia. En el preámbulo de la Convención de Es-
                tambul se reconoce que si bien los hombres pueden ser víctimas de violencia



                doméstica,   ésta les afecta a las mujeres de manera desproporcionada.

                   Ahora bien, a estos dos elementos básicos se les debe sumar mínima-


                mente   tres consideraciones: el contexto, la intersección y los estereotipos.
                   A. Los   contextos
                                    copia
                   Existen situaciones en las que resulta evidente la presencia de condicio-
                nes particulares que ponen en riesgo a las mujeres, como la pobreza, la in-
                seguridad, el
                            desempleo, un conflicto armado, el analfabetismo, condiciones
                relacionadas con el medio ambiente e, incluso, la violencia. Un acto de vio-



                lencia   adquiere otras dimensiones cuando se da en este tipo de situaciones;



                por ejemplo, el contexto en el que tuvieron lugar   las desapariciones de muje-
                res y niñas en Ciudad   Juárez.
                   Ello demanda de las autoridades un deber especial de prevención y de
                debida diligencia. En efecto, cuando la CIDH conoció del   caso Campo Algodo-
                nero vs.
                      México (2009), consideró que “el deber de investigar efectivamente…
                tiene alcances adicionales cuando se trata de una mujer que sufre una muer-
                te, maltrato o afectación a su libertad personal en el marco de un contexto
                general de
                         violencia contra las mujeres”.
                   B. La
                        intersección de los rubros de discriminación

                   El sexo y el género conviven, además del contexto, con otras categorías



                que   pueden profundizar y agravar los efectos de la violencia.






                   En su   Recomendación General 28, el Comité CEDAW señala que las
                mujeres están unidas de manera indivisible a otros factores, como la raza,
                el origen étnico, la religión o las creencias, las condiciones físicas, la edad,
                la orientación sexual y la identidad de género. En consecuencia, los Estados
                deben reconocer estas formas entrecruzadas de discriminación y eliminar el



                impacto   negativo combinado que se genera en las mujeres afectadas.
                   Evidentemente, el ejercicio de los derechos político-electorales de las
                mujeres se “complica” cuando, por ejemplo, se trata de mujeres indígenas,
                que no hablan español y que pertenecen a una religión minoritaria dentro
                de una comunidad, o cuando se trata de personas transexuales que, incluso,


                pueden no   contar con un documento oficial de identidad.

                    DR © 2017. Instituto de Investigaciones Jurídicas - Universidad Nacional Autónoma de México,
                                    Tribunal Electoral de la Ciudad de México
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