Page 106 - CUANDO LA CIUDADANIA TOMA LAS RIENDAS - DAVID PIEDRAS ESCINO
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SUP-RAP-92/2014
Y ACUMULADOS
expreso de nombrar representantes ante los órganos
electorales.
Asimismo, el artículo 1º de la Constitución establece que en los
Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los
derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los
tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea
copia
parte, así como de las garantías para su protección…, y que
todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen
la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos..., además de que el Estado deberá…
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reparar las violaciones .
Así, un postulado fundamental del sistema jurídico electoral
mexicano para analizar el asunto es que los ciudadanos tienen
derecho a buscar su participación como candidatos
independientes en elecciones constitucionales auténticas,
siempre que cumplan con determinados requisitos legales, y de
conseguirlo, para garantizar su debida intervención en un
proceso equitativo, entre otros, la legislación electoral
expresamente les reconoce el derecho a nombrar
representantes ante los órganos electorales.
6 Artículo 1o.- En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos
humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado
Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá
restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución
establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta
Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las
personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios
de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado
deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los
términos que establezca la ley.
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