Page 147 - METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA-Jorge Olvera García
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Planteamiento del problema y diseño de investigación / 147
resolverían sobre la procedencia del reconocimiento de inocencia de Alberto
Patishtán, en esa carta ai indica que se detectaron varias fallas en su proceso,
además de que no tuvo acceso a una defensa adecuada.
Cuando el asunto estuvo en la scjn, los ministros José Ramón Cossío,
Jorge Pardo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena rechazaron que la scjn conociera
el asunto y lo resolviera, mientras que Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar
votaron por lo contrario.
A la demanda por la libertad de Patishtán Gómez se sumaron indígenas
presos en el Penal Cinco de San Cristóbal de las Casas, quienes se agrupan
como “La Voz del Amate” y han realizado huelgas de hambre. En un comunicado
emitido a finales de marzo, reos de dicha cárcel solicitaron al gobernador
Manuel Velasco Coello, “que nos liberen de forma inmediata e incondicional,
somos inocentes de los delitos que se nos imputan”. “A las organizaciones
independientes pedimos que no cesen de exigir justicia y la libertad de muchos
presos encarcelados injustamente, el triunfo es nuestro, vivir o morir por la
verdad y la justicia”, expusieron.
Las redes sociales también hicieron su parte, convocaron a una acción
tuitera, para colocar un hashtag o etiqueta #LibertadPatishtan como Trending
Topic (tt). A esta petición se unieron los medios libres de comunicación: Ko-
man Ilel, Radio Pozol, Radio Zapatista, Centro de Medios Libres y Chiapas
Denuncia Pública.
Durante la sesión ordinaria del miércoles 23 de octubre de 2013, el pleno
del Senado de la República aprobó una reforma al Código Penal Federal, que
facultó al Congreso solicitar al presidente de la República que indulte al profe-
sor chiapaneco Alberto Patishtán, y con ello su liberación. El maestro bilingüe
estaba encarcelado desde hace 13 años. Con 77 votos a favor los legisladores
aprobaron los cambios al artículo 97 Bis del Código Penal Federal, que posibi-
litaba la liberación de Patishtán Gómez.
La reforma, que fue turnada a la Cámara de Diputados, señaló que “de ma-
nera excepcional, por sí o a petición del pleno de alguna de las Cámaras del
Congreso de la Unión, el titular del Poder Ejecutivo Federal podrá conceder el
indulto por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal”. Lo
anterior previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción, en el que se demues-
tre que la persona sentenciada no representa un peligro para la tranquilidad y la
seguridad públicas, expresando sus razones y fundamentos cuando existan indi-
cios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos del sentenciado.