Page 37 - CUANDO LA CIUDADANIA TOMA LAS RIENDAS - DAVID PIEDRAS ESCINO
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1)  Emplear la cuenta que abrió a nombre de la asociación civil.
            2)  Financiar los actos con recursos privados de procedencia lícita.
            3)  No recibir aportaciones en efectivo, metales ni piedras preciosas.
            4)  Respetar los topes de gastos que determine el Consejo General
                (10% del establecido para las campañas inmediatamente ante-
                riores).
            5)  Pagar los gastos mediante cheque nominativo o transferencia ban-
                caria.
                                 copia
            6)  Tener comprobantes originales de los gastos expedidos a nombre
                del aspirante y de la persona encargada del manejo de los recur-
                sos financieros (firmas mancomunadas).


                Las candidaturas independientes no tienen permanencia en elec-
            ciones subsecuentes como los partidos políticos, por lo que la fiscali-
            zación periódica en época no electoral no es posible, aunque en algún
            momento se deberá definir en qué medida el ine pone en práctica el
            control de los gastos con el fin de que su monitoreo sea equitativo pa-
            ra partidos y candidatos. Este es un tema clave que tiene que ver con
            los sistemas de monitoreo y el control del financiamiento. De todos mo-
            dos, el sistema electoral establece que la candidatura independiente
            debe rendir cuentas de sus gastos e informar de estos al órgano
            administrativo. 22
                La legislación, además, prohíbe el apoyo propagandístico o eco-
            nómico por parte de extranjeros; ministros de culto y asociaciones
            religiosas; poderes de la Federación; entidades federativas y ayunta-
            mientos; dependencias, entidades y organismos autónomos de cualquier
            jerarquía; partidos políticos nacionales y organismos internacionales,
            personas morales y personas que vivan o trabajen en el extranjero
            (lgipe, artículo 380, inciso d).







            22   La candidatura independiente debe nombrar a una persona encargada de los recursos, la
               presentación de informes y la entrega del informe de ingresos y egresos dentro de los 30 días
               siguientes a la conclusión del periodo para recabar el apoyo ciudadano (lgipe, artículos 373 al
               378 y 380, inciso c).



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