Page 83 - CUANDO LA CIUDADANIA TOMA LAS RIENDAS - DAVID PIEDRAS ESCINO
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SUP-RAP-92/2014
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                                                           discusión del tema, es en esta etapa donde se exponen los
                                                           argumentos y contra argumentos, así como toda la
                                                           información adicional que ayude a la discusión del tema, por
                                                           lo general, el cuerpo del debate se divide en dos bloques, el
                                                           primero, se defiende una de las posiciones y en el segundo,
                                                           la otra; la interacción entre los antagonistas se da en la
                                                           sesión de preguntas y respuestas, esto ayuda a
                                                           mantener el orden y fomenta la capacidad de escuchar,
                                                           tanto del público como de los participantes.

                                                           3) LA SESIÓN DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS.-  La
                                                           sesión de preguntas y respuestas es una parte
                                                            copia
                                                           fundamental dentro del debate porque es en ella donde
                                                           el público termina por inclinarse a favor o en contra de
                                                           una postura. Además, es la oportunidad de los
                                                           participantes para clarificar los puntos principales de
                                                           sus argumentos, así como reforzar los puntos débiles.
                                                           Las preguntas pueden estar a cargo del moderador, del
                                                           público o de los mismos participantes, pero siempre se
                                                           realizan de forma ordenada, y

                                                           4) LA CONCLUSIÓN.- En la conclusión del debate se hace
                                                           un breve resumen de las posturas así como se anuncia la
                                                           postura que prevaleció o el  grupo ganador del debate, si
                                                           fuera necesario decirlo, esta parte está a cargo del
                                                           moderador.

                                                           Bajo estas premisas, es dable concluir que, contrario a lo
                                                           sostenido por la demandada en el artículo 23 numerales 2 y
                                                           3 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del
                                                           Instituto Nacional Electoral,  las preguntas que se lleven a
                                                           cabo en las Sesiones del Consejo General del Instituto
                                                           Nacional Electoral, a las que se les conoce como “mociones”
                                                           son de vital importancia, puesto que sirven para enriquecer el
                                                           debate que se esté llevando a cabo, además de que tienen la
                                                           finalidad de aclarar algún punto controvertido expuesto por el
                                                           orador, situaciones que llevan consigo enriquecer el debate y
                                                           profundizar en el tema que se esté discutiendo y analizando.

                                                           Bajo estas circunstancias, en buena lógica jurídica, es
                                                           contrario a toda norma de derecho que el artículo 23
                                                           numerales 2 y 3 del Reglamento de Sesiones del Consejo
                                                           General del Instituto  Nacional Electora, coarte el derecho a
                                                           los integrantes del Consejo General del Instituto Nacional
                                                           Electora para hacer preguntas a los oradores de puntos del
                                                           orden del día en las sesiones de dicho consejo, puesto que
                                                           de manera antijurídica busca que las mociones al orador,
                                                           únicamente podrán efectuarse en primera y segunda ronda,
                                                           sin dar oportunidad a que pueda profundizarse la materia de
                                                           debate en tercera ronda, además  de que, cada uno de los
                                                           integrantes del Consejo podrá formular hasta dos mociones



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