Page 51 - LOS SISTEMAS DE PARTIDOS EN AMERICA LATINA-CONO SUR Y PAISES ANDINOS- TOMO 2 - FLAVIA FREIDENBERT
P. 51

Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Juridica Virtual del Instituto de Investigaciones Juridicas de la UNAM
      http://www.juridicas.unam.mx                                          Libro completo en
      http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv                                https://goo.gl/Yhu5uB


                       ¿TODO SIGUE IGUAL QUE AYER? CONTINUIDAD Y RUPTURA...   37

                  de senadores (72 en total), redujo su mandato a seis años y fijó un
                  método de elección directa, aunque mantuvo intacta la renovación
                  por tercios. Sin embargo, estableció que el sistema directo por “lista
                  incompleta” (dos senadores para el partido con más votos y uno para
                  el siguiente en número de sufragios) sólo entraría en vigencia a partir
                  de 2001. En consecuencia, para el periodo 1995-2001 se acordó un
                  mecanismo provisorio ad hoc por el que la designación de los senado-
                  res recaería en las respectivas legislaturas, de acuerdo con mayorías
                                 copia
                  y minorías partidarias conformadas previamente, pero con la condi-
                  ción de que ningún partido se podría adjudicar más de dos senadores
                  por provincia.
                     En 2009 el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner impulsó
                  una reforma denominada de “Democratización de la Representación
                  Política, la Transparencia y de Equidad Electoral”. La iniciativa pro-
                  ponía: 1) la realización de primarias abiertas, simultáneas y obligato-
                  rias (PASO) para todos los partidos, con un umbral de participación
                  del 1.5% del padrón electoral como requisito para presentar candi-
                  datos en la elección general; 2) la exigencia, para lograr el recono-
                  cimiento jurídico como partido político, de un número de afiliados
                  equivalente al cuatro por mil de los empadronados del distrito co-
                  rrespondiente; 3) la prohibición de financiamiento a los partidos por
                  parte de empresas; 4) la distribución exclusiva de los espacios en radio
                  y TV para la propaganda electoral por parte del Estado; 5) la prohi-
                  bición a los partidos de toda forma de contratación de espacios de
                  publicidad electoral radiotelevisiva.
                     El gobierno declaró que la propuesta buscaba fortalecer a los par-
                  tidos, democratizar los procesos de selección de candidatos, promover
                  un sistema de partidos más estructurado, terminar con la prolifera-
                  ción de microempresas electorales (“sellos de goma” en la jerga polí-
                  tica vernácula) y garantizar condiciones más equitativas en la compe-
                  tencia por el poder. Sin embargo, desde la oposición descalificaron al
                  paquete de reformas por considerar que favorecía a los tradicionales
                  PJ y UCR, perjudicaban a las organizaciones políticas minoritarias, y
                  obstaculizaban la consolidación de nuevas agrupaciones partidarias.
                     A  pesar  del  rechazo  de  los  principales  bloques  parlamentarios
                  opositores,  el  gobierno  reunió  el  apoyo  de  la  mayoría  absoluta  de
                  cada Cámara, cumpliendo el requisito constitucional para la sanción
                  de leyes modificatorias del régimen electoral y de partidos políticos.



                           DR © 2016. Universidad Nacional Autónoma de México
                                  Instituto de Investigaciones Jurídicas
                                     Instituto Nacional Electoral
   46   47   48   49   50   51   52   53   54   55   56