Page 284 - MUJERES EN LA POLITICA, EXPERIENCIAS NACIONALES Y SUBNACIONALES EN AMERICA LATINA - MARIANA CAMINOTTI FLAVIA FREIDENBERT
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292 Yuri G. Beltrán Miranda
comparado con 77% de los hombres En prensa fue ligeramente superior la
presencia de mujeres con 27% en comparación con los hombres, y en tele-
visión se incrementó la presencia femenina a 33%
Ahora bien, las investigaciones académicas destacan cuestiones interesan-
tes Los hallazgos más sustantivos muestran que la presencia de las mujeres
como candidatas genera un aumento en la cobertura hacia temas que las im-
pulsan (Atkeson y Krebs, 2009: 239) Estos resultados muestran que su pre-
copia
sencia tiene efectos importantes en la cobertura Los estudios que examinan la
naturaleza y las implicaciones del tratamiento de las mujeres que aspiran al
Congreso según diferencias raciales –latinas, afroamericanas y sajonas– indi-
can que si bien cuando existe su presencia aumenta su cobertura, también exis-
ten sesgos, siendo las mujeres sajonas las más favorecidas en la cobertura (Ger-
son, 2012: 702) A su vez, estos estudios muestran que la presencia de las
mujeres en la política tiene una influencia en la cobertura mediática a favor de
los temas que las presentan, pero ello no iguala la cobertura que se hace a los
hombres Así, se refuerza que el tratamiento mediático es sesgado y poco equi-
tativo con las mujeres
De la paridad en las candidaturas a la realidad
en los medios de comunicación en el Distrito Federal
En México, a partir del proceso electoral ordinario 2014-2015, se estableció
una nueva regla en la postulación de candidaturas, según la cual los partidos
políticos debían aplicar el principio de paridad de género Atendiendo a tal
disposición, el iedf llevó a cabo las acciones necesarias a fin de garantizar
que se diera cumplimiento a esa obligación Inicialmente, estableció reglas
claras para que los partidos políticos postularan sus candidaturas atendien-
do a ese principio; en segundo lugar, vigiló que los partidos atendieran lo
establecido en la ley, por lo tanto, si las posibles candidaturas no obedecían
este principio debían ser sustituidas hasta cumplir con el porcentaje que per-
mitiera asegurar la paridad
No obstante, al saber que las candidaturas estaban postuladas en apego
a la ley, también se tenía que procurar establecer un piso parejo para que se
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