Page 137 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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            IMSS local señalan que no es problema de ellos, que son respetuosos a
            las preferencias sexuales, pero que la norma jurídica correspondiente
            les impide dicha inscripción de Joel.
               Dada la situación, Carlos y Joel deciden contratar los servicios pro-
            fesionales de un abogado y presentar ante el Juzgado de Distrito el
            respectivo juicio de amparo indirecto, en contra del acto de autoridad
            reclamado por parte del IMSS local de León, Guanajuato, al consi-
            derar que se trata de un acto discriminatorio que vulnera su esfera
            de autonomía con relación a su orientación sexual y las decisiones
            jurídica que, conforme a ella, han resuelto.


            5.2.2. Diagnóstico Preliminar

            En principio, se trata de un caso que tiene una resolución fácil para
            el Juez de Distrito, pues estamos ante un derecho no consagrado por
            norma secundaria ni constitucional estatal, por lo que no hay un acto
            de autoridad que pueda ser alegado violatorio.


                               5.3. Análisis del Caso


            5.3.1. Dificultades para establecer un diagnóstico

            Sin embargo, debemos tener en cuenta una serie de elementos que co-
            rresponden al análisis que se debe hacer de un caso de interpretación
            conforme.
               Para empezar, no estamos ante las clásicas normas de interpreta-
            ción. Normalmente, cuando aprendemos las reglas de interpretación
            legal (llamadas de “hermenéutica jurídica”), establecimos criterios de
            aplicación: norma posterior (la norma que reforma o abroga) está so-
            bre la anterior (la norma reformada o abrogada); la norma especial
            (que trata alguna materia de forma detallada) está sobre la particular
            (que trata a la misma materia de forma más general); y, a las normas
            jurídicas se les aplica la jerarquía normativa (consagrada, en nuestra
            tradición generalizada, en el artículo 133 constitucional).
               Sin embargo, estamos ante un caso bien especial, pues nos referimos
            a la interpretación constitucional, no a una interpretación entre normas
            jurídicas (ya lo detallaremos al entrar al desarrollo analítico del caso,
            más adelante), y las los derechos que se encuentran establecidos en
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