Page 139 - METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION JURIDICA-Jorge Witker Velásquez
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indivisibilidad y progresividad, que ya hemos desarrollado al analizar
el artículo 1° constitucional más arriba. Así, al juzgador le corresponde
lo que señala el párrafo segundo del mencionado artículo, que también
recordamos: “Las normas relativas a los derechos humanos se inter-
pretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados in-
ternacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas
la protección más amplia”.
La interpretación conforme, ya hemos indicado, responde a un
criterio de interpretación de acuerdo con la Constitución, cuando ar-
moniza a esta con los derechos humanos que consagra. Por lo tanto,
es necesario diferenciar a la interpretación conforme que se realiza
de acuerdo con la Constitución de aquella que se realiza con base en
la Constitución: en la primera, se aplica el principio de supremacía
constitucional, en que la norma constitucional se asume como aquella
que irradia al resto del ordenamiento jurídico, y por tanto se aplica
por sobre cualquiera otra del ordenamiento jurídico; en la segunda, la
interpretación conforme a la Constitución es un instrumento para el
mantenimiento de una norma que siendo parcialmente inconstitucio-
nal no es declarada nula al poder ser interpretada en consonancia con
la Constitución.
Es en este ámbito que se aplica es lo que se conoce como “control
de convencionalidad”, que ya vimos lo establece el artículo 1° consti-
tucional en su párrafo segundo.
El control de convencionalidad es una figura de resguardo de los
derechos humanos, que ha sido entendida por la Corte Interamericana
de Derechos Humanos (Corte IDH) como “una institución que se uti-
liza para aplicar el derecho internacional”, principalmente “el derecho
internacional de los derechos humanos, y específicamente la Conven-
ción Americana y sus fuentes, incluyendo la jurisprudencia” de dicho
Tribunal . A partir de este principio, la Corte IDH ha señalado que se
240
da una obligación internacional a cargo de todas las autoridades de los
Estados parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
(CADH, de la que México es Estado parte) para interpretar cualquier
240 Cit. por Ferrer Mac-Gregor, Eduardo, voz “Control de convencionalidad (sede
interna)”, en Ferrer Mac-Gregor, Eduardo, Martínez Ramírez, Fabiola y Fi-
gueroa Mejía, Giovanni A. (coords.), Diccionario de Derecho Procesal Constitu-
cional y Convencional, op. cit., p. 237.